Ayudas y Licitaciones
Te ayudamos
AyudasAbierta

CDTI: financiación para proyectos de I+D de empresas (2025)

CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN E.P.E · Estatal · I+D+i y ciencia, Tecnología, digitalización y telecomunicaciones

¿Puedo pedirla?Según las basesEmpresas válidamente constituidas, con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, que desarrollen el proyecto de I+D en España (sociedades de capital, SAT, cooperativas, sociedades laborales, entidades públicas empresariales y similares con actividad económica).; Pymes y grandes empresas. En consorcio (tipología b), con acuerdo privado de colaboración.
¿Cuánto dan?Convocatoria 2025: 361.000.000 € (según BDNS).Presupuesto total: 361.000.000 €
¿Hasta cuándo?Ver basesLa fuente no da fecha de cierre
Tipo de ayudaPréstamo parcialmente reembolsable
Cómo se repartePor puntos: se comparan todas las solicitudes
Cuánto cubreHasta el 85 % del presupuesto aprobado
Cuándo se cobraAnticipo del 1 %, el resto tras justificar
PlazoConvocatoria permanentemente abierta, se puede solicitar en cualquier momento

Preguntas frecuentes

¿Es a fondo perdido?

No. Es un préstamo con una parte que no se devuelve (tramo no reembolsable), y hay que devolver la mayor parte. El tramo no reembolsable llega como máximo al 17 % en pymes y al 10 % en grandes en los proyectos generales.

¿Quién puede pedirla?

Empresas con domicilio fiscal en España que desarrollen el proyecto de I+D en España, pymes y grandes. Quedan fuera autónomos, personas físicas, comunidades de bienes y sociedades civiles.

¿Cuánto me financian?

Hasta el 85 % del presupuesto total aprobado, con un presupuesto mínimo de 175.000 € por empresa. Hay que aportar al menos el 15 % con recursos propios.

¿Hasta cuándo puedo solicitarla?

La convocatoria está permanentemente abierta y se presenta por la sede electrónica del CDTI. Hay que pedirla antes de empezar a trabajar en el proyecto.

¿Qué interés tiene y cuánto tiempo tengo para devolverla?

El tipo es el Euribor a un año fijado en la fecha de aprobación (0 % si es negativo). Se amortiza en 10 o 15 años desde el centro de gravedad del proyecto, con cuotas semestrales.

¿Piden garantías?

Con carácter general el CDTI no exige garantías adicionales, aunque según la evaluación financiera puede pedir aval, afianzamiento o ampliación de capital.

¿Qué gastos entran?

Personal dedicado al proyecto, amortización de instrumental y material, investigación contractual y patentes, y subcontratación hasta el 65 % del presupuesto elegible. No entran terrenos, obra civil ni IVA.

¿Es compatible con otras ayudas?

Con fondos CDTI es incompatible con otras ayudas públicas para el mismo proyecto, salvo ayudas de comunidades autónomas con convenio con el CDTI y ayudas de entidades locales. Hay que comunicar todas las ayudas al CDTI durante la evaluación.

¿Cuánto dan?

Intensidad máxima (subvención bruta equivalente), investigación industrial: 70 % pequeña, 60 % mediana, 50 % gran empresa; con colaboración efectiva hasta 80 %, 75 % y 65 %. Desarrollo experimental: 45 %, 35 % y 25 %; con colaboración efectiva hasta 60 %, 50 % y 40 %. En regiones asistidas los límites cambian (ver ficha).

¿Es por orden de llegada o por puntos?

Por puntos: al cerrar el plazo se valoran todas las solicitudes y se conceden a las de mayor puntuación hasta agotar el presupuesto.

¿Hasta cuándo se puede pedir?

Ver bases.

¿Cuándo se cobra?

Anticipo del 1 %, el resto tras justificar.

¿Dónde se pide?

En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».

Qué es

Ayuda del CDTI (Ministerio de Ciencia) para que empresas con domicilio fiscal en España financien proyectos de I+D aplicada. Es una ayuda parcialmente reembolsable (préstamo con una parte que no se devuelve) que cubre hasta el 85 % del presupuesto aprobado, con un presupuesto mínimo de 175.000 € por empresa. La convocatoria 2025 tiene 361.000.000 € y está permanentemente abierta: se puede solicitar en cualquier momento por la sede electrónica del CDTI.

Todo el detalle de las bases

Qué financia

  • Proyectos de investigación y desarrollo empresarial de carácter aplicado, para crear o mejorar de forma significativa un proceso productivo, producto o servicio. Deben tener un aspecto tecnológico diferencial frente a lo que ya hay en el mercado.
  • Pueden incluir investigación industrial y desarrollo experimental.
  • Tipologías: a) individuales (una empresa); b) cooperación nacional (consorcio de 2 a 6 empresas, una de ellas pyme y al menos dos autónomas entre sí); c) cooperación tecnológica internacional (EUREKA, IBEROEKA, PRIMA y programas bilaterales); d) cooperación tecnológica europea (PIICE, IHI, partenariados de Horizonte Europa); e) capacitación tecnológica para licitaciones internacionales (CERN, ESO, ESRF, ESS, FAIR, ILL, ITER, XFEL) y ICTS; f) tecnologías duales (Defensa y Seguridad); g) proyectos orientados (PO), de gran tamaño; h) proyectos de convocatorias específicas del CDTI.
  • Proyectos orientados (texto de la ficha de 23/07/2024, que habla de 2024): renovables e hidrógeno verde (eficiencia y sostenibilidad), prevención y extinción de incendios, y microprocesadores de vanguardia, fotónica integrada y chips cuánticos. El Consejo de Administración fija cada año las áreas prioritarias.
  • Línea Cervera de transferencia tecnológica (ficha aparte incluida): para pymes y empresas de mediana capitalización, en 11 áreas prioritarias (materiales avanzados, economía circular, transición energética, fabricación inteligente, tecnologías para la salud, cadena alimentaria segura y saludable, IA y deep learning, redes móviles avanzadas, transporte inteligente, protección de la información y computación cuántica). Hay que contratar parte del proyecto a centros generadores de conocimiento.

Quién puede pedirla

  • Empresas válidamente constituidas, con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, que desarrollen el proyecto de I+D en España (sociedades de capital, SAT, cooperativas, sociedades laborales, entidades públicas empresariales y similares con actividad económica).
  • Pymes y grandes empresas. En consorcio (tipología b), con acuerdo privado de colaboración.
  • En proyectos orientados (g): empresas con una situación al menos comparable a una calificación crediticia de B- (satisfactoria); si consolida cuentas, cuenta la del grupo.
  • Cervera: solo pymes y empresas de mediana capitalización.
  • No pueden ser beneficiarios: personas físicas, autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles o colectivas; AIE, UTE y sociedades de inversión mobiliaria o patrimonial; asociaciones y fundaciones (salvo las que ejerzan actividad económica regular y estén dadas de alta en el IAE al menos 2 años antes de la solicitud); organismos de investigación y otros centros de I+D+I.

Requisitos

  • No estar en crisis (definición del Reglamento (UE) nº 651/2014) ni sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para formalizar la ayuda. Al presentar la solicitud se autoriza al CDTI a comprobarlo.
  • Que la empresa, o su grupo, esté al corriente de pago de reembolsos de otras ayudas del CDTI.
  • Cumplir los plazos de pago de la Ley 3/2004 (morosidad), con declaración responsable. Exigible a las solicitudes desde el 1 de agosto de 2024.
  • No estar constituida en países o territorios no cooperadores a efectos fiscales de la UE.
  • Efecto incentivador: presentar la solicitud al CDTI antes de empezar a trabajar en el proyecto.
  • Aportar al menos el 15 % del presupuesto del proyecto con recursos propios.
  • Presupuesto mínimo financiable: 175.000 € por empresa. En cooperación nacional, ninguna empresa autónoma puede superar el 70 % del presupuesto total elegible.
  • Proyectos orientados: presupuesto entre 2.000.000 € y 30.000.000 €.
  • Duración: de 12 a 36 meses (12 a 48 en cooperación nacional). Cada hito técnico dura de 9 a 18 meses.

Gastos que cubre

  • Gastos de personal dedicado al proyecto (contrato laboral o autónomo socio de la empresa).
  • Instrumental y material, solo por su amortización durante el proyecto. El leasing es elegible si el activo se queda en la empresa.
  • Investigación contractual, conocimientos y patentes a precios de mercado, y consultoría y servicios equivalentes dedicados en exclusiva al proyecto.
  • Gastos generales suplementarios y otros gastos de explotación (materiales, suministros) derivados directamente del proyecto.
  • Informe del auditor: máximo 2.000 € por entidad e hito.
  • Gestión y coordinación del proyecto: máximo 6.000 € por entidad e hito (8.000 € en proyectos de cooperación tecnológica internacional o europea).
  • Informe DNSH (no causar perjuicio significativo al medioambiente) por entidad acreditada por ENAC: máximo 2.000 € por proyecto (3.000 € para el líder de un consorcio).
  • Subcontratación: hasta el 65 % del presupuesto elegible (80 % en el sector biofarmacéutico).

Gastos que no cubre

  • Consultoría asociada a la solicitud del proyecto.
  • Gastos de homologación o marcado CE.
  • Alquiler de licencias o servicios en la nube (salvo gasto identificado y contabilizado para el proyecto) y renting.
  • Terrenos, locales y obra civil, e impuestos indirectos incluido el IVA.
  • Actividades vinculadas a la exportación y ayudas condicionadas al uso de productos nacionales frente a importados.
  • Sector de transformación y comercialización de productos agrícolas en los supuestos del RGEC, y cierre de minas de carbón no competitivas.
  • Con FEDER, solo se financian actividades y personal en la Comunidad Autónoma de desarrollo.

Cuantía

  • Convocatoria 2025: 361.000.000 € (según BDNS).
  • Ayuda parcialmente reembolsable: hasta el 85 % del presupuesto total aprobado por el Consejo de Administración del CDTI, sujeta a disponibilidad de fondos.
  • Intensidad máxima (subvención bruta equivalente), investigación industrial: 70 % pequeña, 60 % mediana, 50 % gran empresa; con colaboración efectiva hasta 80 %, 75 % y 65 %. Desarrollo experimental: 45 %, 35 % y 25 %; con colaboración efectiva hasta 60 %, 50 % y 40 %. En regiones asistidas los límites cambian (ver ficha).
  • Tramo no reembolsable (TNR), sujeto a disponibilidad de fondos y calculado sobre una cobertura máxima del 75 %: con FEDER, pymes hasta 30 % (Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha, Ceuta, Extremadura y Melilla) o hasta 20 % (resto); proyectos internacionales, europeos, de capacitación y duales: hasta 30 % pymes y 25 % grandes; proyectos orientados: hasta 33 %; resto de proyectos: hasta 17 % pymes y 10 % grandes.
  • Cooperación nacional (tipología b): TNR hasta 33 % pymes y 30 % grandes con FEDER en las regiones citadas, hasta 25 % y 20 % en el resto; hasta 20 % pymes y 15 % grandes con fondos CDTI. Las grandes suman 5 puntos de prima de arrastre si colaboran con pymes financiables con FEDER que ejecuten al menos el 30 % del presupuesto.
  • Cervera: TNR del 33 % de la cobertura financiera.
  • Tipo de interés: Euribor a un año fijado en la fecha de aprobación (0 % si es negativo). Con fondos CDTI se aplica sobre toda la ayuda. Con fondos europeos, solo sobre el tramo reembolsable. En proyectos orientados se calcula caso por caso restando 0,5 puntos.
  • Amortización: 10 o 15 años desde el centro de gravedad del proyecto, cuotas semestrales. Primer reembolso de principal 3 años después del centro de gravedad, con un mínimo de 2 años desde el fin del proyecto. Amortización anticipada con penalización del 1 %.
  • Anticipo: hasta el 50 % de la ayuda con un límite de 300.000 €, sin garantías adicionales. Se puede ampliar hasta el 75 % con aval bancario o de SGR.

Plazos

  • Solicitud: convocatoria permanentemente abierta. La presentación on-line se puede hacer de forma continuada, por la sede electrónica del CDTI (https://sede.cdti.gob.es).
  • Formalización: contrato de préstamo en escritura pública en un máximo de 3 meses desde la comunicación de la aprobación (prórroga máxima de 1 mes). Si no se formaliza por causa de la empresa, la concesión se revoca.
  • Plazo de 20 días desde la aprobación para renunciar al anticipo o modificar su cuantía.
  • Los pagos de gastos pueden tener fecha hasta 3 meses posteriores al fin de la ejecución.

Qué hay que presentar

  • Solicitud electrónica con firma electrónica del representante legal o apoderado, declaraciones responsables y documentación anexa.
  • Memoria técnica del proyecto, documentación administrativa y documentación financiera (cuentas anuales individuales y consolidadas).
  • Nota simple o justificante del registro con el último depósito de cuentas.
  • Cooperación nacional: acuerdo de consorcio firmado, con descripción de actividades y presupuesto, confidencialidad, propiedad de resultados, gestión del consorcio, y representante coordinador. Su fecha de inicio no puede ser anterior a la solicitud.
  • Todo en castellano (salvo lo relativo a la calificación de proyecto internacional en las tipologías c, d y e).

Cómo se valora

  • A. Plan de explotación comercial: 30 puntos (necesidad del mercado, mercado potencial, posición competitiva, internacionalización, estrategia y riesgo comercial).
  • B. Tecnología e innovación del proyecto: 40 puntos, con umbral de 20.
  • C. Capacidad de la empresa o consorcio en relación con el proyecto: 20 puntos.
  • D. Impacto socioeconómico, perspectiva de género, accesibilidad y sostenibilidad: 10 puntos.
  • Además, evaluación financiera: situación de crisis, análisis económico-financiero y de riesgo de cada empresa y razonabilidad del presupuesto y la financiación.

Garantías

  • Con carácter general el CDTI no exige garantías adicionales.
  • Según la evaluación financiera puede pedir aval, afianzamiento, ampliación de capital o restablecimiento del equilibrio patrimonial, que la empresa debe aceptar antes de la aprobación.
  • Proyectos orientados: se considera falta de capacidad financiera si hace falta un aval igual o superior al 50 % de la aportación del CDTI.
  • Los avales no pueden tener financiación ni reafianzamiento con fondos del presupuesto de la UE ni otros fondos públicos.

Obligaciones si te la dan

  • Justificar técnica y económicamente por la sede electrónica del CDTI: memoria técnica de ejecución, memoria económica, informe de auditor inscrito en el ROAC y documentación de los gastos.
  • Ejecutar el proyecto en el tiempo y forma aprobados. Las prórrogas y modificaciones por causas sobrevenidas se piden por la sede electrónica.
  • Antifraude: el exceso de horas imputadas por un trabajador en varios proyectos públicos se elimina (hasta el 10 % de las horas de convenio) o se excluye al trabajador del hito (si lo supera).
  • El pago por hitos exige estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y reembolsos al CDTI.
  • En cooperación nacional no se permiten cambios que dejen sin pyme, sin dos empresas autónomas entre sí o sin colaboración efectiva.

Compatibilidad con otras ayudas

Con fondos CDTI, incompatible con otras ayudas públicas para el mismo proyecto, salvo: ayudas de las Comunidades Autónomas con convenio de cofinanciación con el CDTI, ayudas de entidades locales y otros gestores de fondos públicos, y proyectos aprobados por EDIDP o el Fondo Europeo de Defensa. Con fondos europeos gestionados por el CDTI, compatible con otras ayudas públicas cuya fuente no sea el presupuesto de la UE. Incompatible con ayudas privadas financiadas con fondos del presupuesto de la UE. Todas las ayudas para el mismo proyecto deben comunicarse al CDTI durante la evaluación.

A tener en cuenta

  • Ayuda en forma de préstamo con tramo no reembolsable: hay que devolver la mayor parte.
  • El texto no fija fecha de cierre: es una convocatoria permanente. La fecha de publicación en BDNS es el 19/02/2025.
  • Los documentos descargados son la ficha con texto principal de 23/07/2024 y anexos de 29/11/2024. La ficha vigente puede haber cambiado (por ejemplo, la de enero 2026 añade el certificado de titularidad real). Conviene consultar la versión actual en la web del CDTI.
  • La ficha incluye también anexos para proyectos internacionales, cofinanciación FEDER 21-27 y MRR, y criterios de evaluación; solo se han resumido las condiciones comunes.
  • Presentación solo electrónica.

Resumen hecho a partir de los documentos oficiales el 3 de noviembre de 2026. Compruébalo antes de presentar nada.

Datos técnicos
Título oficial
AYUDAS DEL CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN, E.P.E. PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE I+D (2025)
Fuente
BDNS · 815704
Modalidad
Concesión directa - instrumental
Publicado
19 de febrero de 2025
Plazo según la fuente
-
Fondos
FEDER - FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL
Instrumento
Préstamo
Materia
Investigación, desarrollo e innovación
Ámbito geográfico
ES - ESPAÑA
Sector según la fuente
80.0 · Servicios de investigación y seguridad
Historial
Concesión directa (2 de noviembre de 2026), luego Abierta (2 de noviembre de 2026)