AyudasAbierta
Ayudas a familias de acogida para gastos extraordinarios en la Comunidad de Madrid 2025
¿Puedo pedirla?Pueden pedirlaParticular o familia
¿Cuánto dan?300.000 €Presupuesto total de la convocatoria
¿Hasta cuándo?Ver plazoDesde el día siguiente a la publicación de las bases reguladoras en el BOCM
Tipo de ayudaSubvención a fondo perdido
PlazoDesde el día siguiente a la publicación de las bases reguladoras en el BOCM
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedirla?
Particular o familia
¿Cuánto dan?
El presupuesto total de la convocatoria es 300.000 €. Lo que corresponde a cada solicitante está en las bases.
¿Es a fondo perdido?
Sí. Es una subvención a fondo perdido: no hay que devolverla si se cumplen las condiciones.
¿Hasta cuándo se puede pedir?
Desde el día siguiente a la publicación de las bases reguladoras en el BOCM.
¿Dónde se pide?
En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».
Qué es
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS REGULADORAS Y SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS PARA SUFRAGAR GASTOS EXTRAORDINARIOS DESTINADOS AL APOYO DEL ACOGIMIENTO FAMILIAR CON CARGO A LA DIRECCIÓN GENERAL
¿Quieres saber si te compensa?
Leemos las bases por ti y te decimos requisitos, gastos que cubre, documentación y trampas.
Documentos oficiales
Datos técnicos
- Título oficial
- CONCESION DIRECTA GASTOS EXTRAORDINARIOS PARA FAMILIAS DE ACOGIDA EN 2025
- Fuente
- BDNS · 813672
- Modalidad
- Concesión directa - instrumental
- Publicado
- 10 de febrero de 2025
- Plazo según la fuente
- AL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DE LAS BBRR EN BOCM
- Instrumento
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- Materia
- Servicios Sociales y Promoción Social
- Ámbito geográfico
- ES30 - COMUNIDAD DE MADRID
- Sector según la fuente
- Q · Educación, R · Actividades sanitarias y de servicios sociales
- Historial
- Abierta (3 de noviembre de 2026)