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AyudasAbierta o a punto (plazo en las bases)

Ayudas para crear infraestructuras de investigación en tecnologías de uso dual (Red.es)

ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES · Estatal · Educación y formación, Consultoría y servicios a empresas

¿Puedo pedirla?Según las basesUniversidades públicas e institutos universitarios, inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RD 1509/2008).; Organismos públicos de investigación (OPI) de la Administración General del Estado (art. 47.2 Ley 14/2011).
¿Cuánto dan?Importe máximo total de las ayudas: 114.690.343,02 €.Presupuesto total: 114.690.343 €
¿Hasta cuándo?Ver plazo2 meses desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE (fecha aún no publicada)
Tipo de ayudaSubvención a fondo perdido
Cómo se repartePor puntos: se comparan todas las solicitudes
Cuánto cubre95 % en regiones menos desarrolladas y Canarias; 70 % en transición; 50 % en más desarrolladas (hasta 80 % con fondos propios de Red.es)
Cuándo se cobraAnticipo de hasta el 80 % de la ayuda concedida
Plazo2 meses desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE (publicado el 6/10/2026)

Preguntas frecuentes

¿Puede pedirla mi empresa?

No en esta convocatoria: solo pueden pedirla universidades públicas, organismos públicos de investigación y otros centros públicos de I+D. Se presenta de forma individual, sin consorcios ni agrupaciones.

¿Cuánto dan por proyecto?

Entre 900.000 € y 8.000.000 € por solicitud, con un total de 114.690.343,02 €. La intensidad llega al 95 % en regiones menos desarrolladas y Canarias, al 70 % en regiones en transición y al 50 % en las más desarrolladas.

¿Es a fondo perdido y cómo se reparte?

Es una subvención. Se puntúa hasta 100 puntos y se comparan todas las solicitudes; hay mínimos por criterio.

¿Qué se financia?

Construcción y mejora de infraestructuras de investigación en tecnologías de uso dual, como semiconductores, inteligencia artificial, tecnologías cuánticas, ciberseguridad, espacio y robótica. Los proyectos deben ejecutarse en España.

¿Qué gastos no entran?

Obra civil, terrenos y edificios, maquinaria de segunda mano, mobiliario de oficina, material fungible y gastos de personal.

¿Cuándo se cobra?

Se puede anticipar hasta el 80 % de la ayuda concedida. La justificación se presenta como máximo 3 meses después de concluir el proyecto.

¿Hasta cuándo se puede pedir?

El plazo es de 2 meses desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE, que salió el 6/10/2026. Se presenta solo por vía electrónica en la sede de Red.es.

¿Cuánto dura la ejecución?

Hasta 36 meses desde la publicación de la resolución de concesión, y el proyecto puede empezar desde la fecha de la solicitud.

¿Quién puede pedirla?

Universidades públicas e institutos universitarios, inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RD 1509/2008). Organismos públicos de investigación (OPI) de la Administración General del Estado (art. 47.2 Ley 14/2011).

¿Cuánto dan?

Importe máximo total de las ayudas: 114.690.343,02 €.

¿Es a fondo perdido?

Sí. Es una subvención a fondo perdido: no hay que devolverla si se cumplen las condiciones.

¿Es por orden de llegada o por puntos?

Por puntos: al cerrar el plazo se valoran todas las solicitudes y se conceden a las de mayor puntuación hasta agotar el presupuesto.

¿Es compatible con otras ayudas?

El importe de la ayuda no puede superar el coste de la actividad, aisladamente o junto con otras ayudas. Hay que comunicar cualquier otra ayuda obtenida para la misma actividad. Las bases solo declaran expresamente compatibles las ayudas a infraestructuras de ensayo y experimentación (no destinadas a los beneficiarios de esta convocatoria).

¿Dónde se pide?

En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».

Qué es

Ayudas de Red.es (Ministerio para la Transformación Digital) para construir y mejorar infraestructuras de investigación en tecnologías de uso dual (civil y militar). En esta convocatoria solo pueden pedirlas universidades públicas, organismos públicos de investigación y otros centros públicos de I+D, no empresas. Cada solicitud recibe entre 900.000 € y 8.000.000 €, con un total de 114.690.343,02 €. El plazo es de 2 meses desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE (extracto publicado el 6/10/2026).

Todo el detalle de las bases

Qué financia

  • Construcción y mejora de infraestructuras de investigación en tecnologías de uso dual, en los ámbitos de la Recomendación (UE) 2023/2113 recogidos en el anexo II de las bases.
  • Ámbitos financiables (anexo II): semiconductores avanzados (microelectrónica, fotónica, chips de alta frecuencia), inteligencia artificial, tecnologías cuánticas, conectividad, navegación y digitales (incluida ciberseguridad), tecnologías espaciales (vigilancia, observación de la Tierra, PNT, comunicaciones seguras) y robótica y sistemas autónomos.
  • No se financian en este anexo: biotecnologías, detección avanzada, parte de espacio y propulsión (tecnologías específicas del espacio y propulsión), energía y materiales avanzados y fabricación.
  • Los proyectos deben ejecutarse en territorio español y los datos del proyecto deben alojarse en infraestructuras de la Unión Europea.

Quién puede pedirla

  • Universidades públicas e institutos universitarios, inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RD 1509/2008).
  • Organismos públicos de investigación (OPI) de la Administración General del Estado (art. 47.2 Ley 14/2011).
  • Otros centros públicos de I+D con personalidad jurídica propia, con la I+D+i como actividad principal (incluye centros tecnológicos de propiedad y gestión pública).
  • Solicitud individual: no se admiten consorcios, UTE ni agrupaciones.

Requisitos

  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Estar al corriente de pago de reintegros de subvenciones anteriores.
  • No tener orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea por ayuda ilegal e incompatible.
  • No estar incurso en las prohibiciones del art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003.
  • No haber sido sancionado por resolución o sentencia firme por infracciones del orden social (RDL 5/2000).
  • La solicitud debe incluir una memoria técnica en el formato de la convocatoria. Sin ella no se admite.
  • Criterios excluyentes: no adecuarse al objeto de la convocatoria (hay que describir la infraestructura, su uso previsto y su modelo de gestión) y no cumplir los límites de financiación.

Gastos que cubre

  • Inversión en activos materiales: instalaciones, maquinaria y equipos, incluido montaje, transporte, instalación y puesta en funcionamiento. Deben ser de nueva adquisición.
  • Inversión en activos inmateriales: patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual.
  • IVA e IGIC (la frase completa del texto de bases está cortada, ver observaciones).

Gastos que no cubre

  • Obra civil, terrenos y edificios.
  • Mobiliario de oficina, material fungible, costes de mantenimiento o reparación.
  • Maquinaria y equipos de segunda mano.
  • Seguros y garantías, material bibliográfico, suscripciones o acceso a bases de datos.
  • Formación no relacionada con la adquisición de maquinaria y equipos.
  • Gastos de personal y sus costes indirectos asociados.
  • Los gastos del informe de auditor corren por cuenta del beneficiario.

Cuantía

  • Importe máximo total de las ayudas: 114.690.343,02 €.
  • Ayuda por solicitud: mínimo 900.000 € y máximo 8.000.000 €, supeditado al presupuesto disponible por región.
  • Intensidad máxima (infraestructuras de investigación): 95 % en regiones menos desarrolladas y Canarias; 70 % en regiones en transición (puede subir hasta el 80 % con fondos propios de Red.es); 50 % en regiones más desarrolladas (puede subir hasta el 80 % con fondos propios de Red.es).
  • El presupuesto del proyecto lo fija cada solicitante, sin límite de coste total, pero sí de ayuda.
  • Anticipo: hasta el 80 % de la ayuda concedida (art. 28 de las bases).

Plazos

  • Solicitud: 2 meses contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE. El extracto se publicó en el BOE núm. 248 del 6/10/2026.
  • Ejecución: la convocatoria la fija, con un máximo de 36 meses desde la publicación de la resolución de concesión. El proyecto puede iniciarse desde la fecha de presentación de la solicitud.
  • Justificación: máximo 3 meses desde la conclusión del proyecto. Si no se presenta, hay un plazo improrrogable de 15 días hábiles tras el requerimiento.

Qué hay que presentar

  • Formulario de solicitud y declaraciones responsables en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es/), firmados electrónicamente por un representante con poder suficiente.
  • Memoria técnica del proyecto: solidez técnica, plan de proyecto (fases, recursos, riesgos), presupuesto detallado (financiable y no financiable), impacto regional y ecosistema.
  • Proyectos, líneas de investigación o actividades científicas que usarán la infraestructura, impacto esperado y recursos organizativos, técnicos y humanos para operarla.
  • Listado de proyectos de I+D+i de los últimos 5 años en el ámbito (fechas y resumen) e información de los clústeres a los que pertenece.
  • La solicitud autoriza a Red.es a consultar los certificados de Hacienda y Seguridad Social, salvo oposición expresa.

Cómo se valora

  • 1.1 Solidez técnica: 0 a 20 puntos (mínimo 10).
  • 1.2 Plan de proyecto: 0 a 20 puntos (mínimo 10).
  • 1.3 Adecuación del presupuesto: 0 a 20 puntos (mínimo 10).
  • 1.4 Impacto en el ecosistema regional existente: 0 a 10 puntos (sin mínimo).
  • 2 Ecosistema de la propuesta: 0 a 30 puntos (mínimo 10). 2 puntos por proyecto de I+D+i relacionado de los últimos 5 años (hasta 20) y 2 puntos por pertenencia a un clúster (hasta 10).
  • Total máximo: 100 puntos. Se evalúan en orden y, si no se alcanza el umbral de un criterio, no se evalúan los siguientes.
  • Desempate: gana la mayor puntuación en el criterio 1.1, luego 1.2, 1.3, 1.4 y 2, por este orden.

Garantías

  • Universidades públicas, OPI y otros centros públicos de I+D están exonerados de constituir garantía.

Obligaciones si te la dan

  • Los activos financiados no pueden usarse para actividades económicas, salvo uso accesorio (no más del 20 % de la capacidad anual total), con contabilidad separada y acceso abierto, transparente y no discriminatorio.
  • Declaración responsable de no usar los bienes para actividades económicas más allá de lo permitido.
  • Justificar con cuenta justificativa e informe de auditor: memoria de actuación, memoria económica, facturas, justificantes de pago y certificado del representante.
  • En compras superiores al contrato menor, pedir como mínimo tres ofertas. Las entidades públicas deben cumplir la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
  • Informes semestrales sobre instalaciones y equipos y memorias de actividad, más un informe anual de uso de la infraestructura.
  • Contabilidad con código contable específico para el proyecto.
  • Publicidad: mencionar y poner los logos del Ministerio, Red.es y FEDER, y habilitar un espacio web con la información del proyecto.
  • Comunicar cualquier otra ayuda obtenida para las mismas actividades, antes de justificar.
  • Cumplir las condiciones FEDER y conservar la documentación para controles.
  • Si se despliega una red de comunicaciones, debe ser privada. Si es 5G, aplicar el RDL 7/2022 sobre seguridad.

Compatibilidad con otras ayudas

El importe de la ayuda no puede superar el coste de la actividad, aisladamente o junto con otras ayudas. Hay que comunicar cualquier otra ayuda obtenida para la misma actividad. Las bases solo declaran expresamente compatibles las ayudas a infraestructuras de ensayo y experimentación (no destinadas a los beneficiarios de esta convocatoria).

A tener en cuenta

  • El PDF de la convocatoria (31 páginas) no tenía texto legible: solo contenía la firma electrónica. El resumen se basa en las bases reguladoras (Orden TDF/811/2026) y en el extracto del BOE.
  • Las bases admiten también centros tecnológicos y empresas para infraestructuras de ensayo y experimentación, pero el extracto de esta convocatoria solo lista universidades públicas, OPI y otros centros públicos de I+D. Las empresas no parecen poder pedirla.
  • El plazo concreto (día y hora de cierre) no figura como fecha: son 2 meses desde el día siguiente al 6/10/2026. Conviene confirmarlo en la sede de Red.es o la BDNS (convocatoria 933308).
  • La convocatoria concreta puede fijar detalles (reparto por región, plazo de ejecución, hitos, memoria) que no se han podido leer.
  • Presentación solo electrónica.

Resumen hecho a partir de los documentos oficiales el 3 de noviembre de 2026. Compruébalo antes de presentar nada.

Datos técnicos
Título oficial
Convocatoria de Ayudas 2026 para la creación de infraestructuras para la investigación en tecnologías de uso dual.
Fuente
BDNS · 933308
Modalidad
Concurrencia competitiva - canónica
Publicado
4 de octubre de 2026
Plazo según la fuente
Desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el BOE / 2 meses desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el BOE
Fondos
FEDER - FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL
Instrumento
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Materia
Investigación, desarrollo e innovación
Ámbito geográfico
ES - ESPAÑA
Sector según la fuente
K · Telecomunicaciones, programación informática, consultoría, infraestructura informática y otros servicios de información, N · Actividades profesionales, científicas y técnicas, P · Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria
Historial
Abierta o a punto (plazo en las bases) (2 de noviembre de 2026)