Subvenciones 2026 a centros de formación para cursos a personas trabajadoras ocupadas en Canarias
Preguntas frecuentes
¿Es una ayuda para mi empresa?
No para empresas en general: es para centros y entidades de formación acreditados con presencia en Canarias que den cursos a personas trabajadoras ocupadas.
¿Cuánto dinero hay?
El crédito total es de 16.000.000 €. El importe de cada acción formativa es horas x número de alumnos x módulo económico.
¿Cuándo se cobra?
Se puede anticipar hasta el 25 % antes del inicio y hasta un 35 % más tras acreditar el inicio, o un único anticipo de hasta el 60 %. Al menos el 40 % restante se cobra tras finalizar y justificar.
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo es de diez días hábiles desde la publicación en el BOC. La fecha exacta de publicación no consta en los documentos.
¿Qué gastos se cubren?
Los que se relacionen de forma indubitada con la actividad, sean estrictamente necesarios y se contraigan en el periodo de ejecución.
¿Cómo se puntúan las solicitudes?
Las bases estatales valoran la adecuación a los sectores prioritarios, la capacidad de la entidad y los resultados de los dos años anteriores. Los puntos no constan en los documentos.
¿Quién puede pedirla?
Centros y entidades de formación, públicos o privados, acreditados e inscritos en su caso en el Registro de Entidades de Formación para las acciones solicitadas (presencial, teleformación o mixta), con presencia en el territorio de la convocatoria e instalaciones acreditadas allí. Las instalaciones pueden ser de terceros si no implica subcontratar la formación. Pueden serlo también las agrupaciones del art. 11.3 de la Ley 38/2003, si la convocatoria lo prevé (art. 7.2 de las bases estatales).
¿Cuánto dan?
Importe máximo por acción formativa: horas x alumnos x módulo económico.
¿Es a fondo perdido?
Sí. Es una subvención a fondo perdido: no hay que devolverla si se cumplen las condiciones.
¿Es por orden de llegada o por puntos?
Por puntos: al cerrar el plazo se valoran todas las solicitudes y se conceden a las de mayor puntuación hasta agotar el presupuesto.
¿Hasta cuándo se puede pedir?
10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOC (fecha aún no publicada).
¿Dónde se pide?
En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».
Qué es
Convocatoria 2026 del Servicio Canario de Empleo para financiar planes de formación profesional en el ámbito laboral dirigidos a personas trabajadoras ocupadas. La imparten centros y entidades de formación acreditados con presencia en Canarias. Crédito total: 16.000.000 € (dato de la fuente). Plazo: diez días hábiles desde la publicación en el BOC.
Todo el detalle de las bases
Qué financia
- Oferta formativa del sistema de Formación Profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, para personas trabajadoras ocupadas (Orden EFP/942/2022).
- Las bases estatales dicen que el importe de cada acción formativa es el producto de horas x número de alumnos x módulo económico.
Quién puede pedirla
- Centros y entidades de formación, públicos o privados, acreditados e inscritos en su caso en el Registro de Entidades de Formación para las acciones solicitadas (presencial, teleformación o mixta), con presencia en el territorio de la convocatoria e instalaciones acreditadas allí. Las instalaciones pueden ser de terceros si no implica subcontratar la formación.
- Pueden serlo también las agrupaciones del art. 11.3 de la Ley 38/2003, si la convocatoria lo prevé (art. 7.2 de las bases estatales).
Requisitos
- No estar incursa en las prohibiciones del art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003.
- No tener sanción firme por infracción grave o muy grave en formación profesional que lleve la exclusión de subvenciones.
- Las administraciones pueden exigir, en los dos años anteriores a la convocatoria: sin incumplimientos totales o parciales, sin abandono de más del 50 % del alumnado y con más del 60 % de las plazas financiadas comunicadas e iniciadas (art. 7.7 de las bases estatales). Si la convocatoria canaria lo exige, no se ha podido comprobar.
Gastos que cubre
- Gastos que de forma indubitada se relacionen con la actividad, sean estrictamente necesarios y se contraigan en el periodo de ejecución. El detalle está en el Anexo II de la Orden EFP/942/2022.
- Solo gastos contraídos desde la concesión. Los costes indirectos de preparar y presentar el programa se pueden imputar desde la publicación de la convocatoria.
Cuantía
- Importe total de la convocatoria: 16.000.000 € (dato de la fuente).
- Importe máximo por acción formativa: horas x alumnos x módulo económico.
- Pago: anticipo de hasta el 25 % antes del inicio, hasta un 35 % adicional tras acreditar el inicio, o un único anticipo de hasta el 60 %. Al menos el 40 % restante, tras finalizar y justificar (art. 13 de las bases estatales).
Plazos
- Solicitud: diez días hábiles a partir de la publicación en el BOC, según los datos de la fuente. La fecha exacta de publicación no consta en los documentos leídos.
- En las bases estatales, el plazo de solicitud no puede superar 3 meses salvo que la normativa autonómica permita más.
Cómo se valora
- Las bases estatales fijan como mínimo: adecuación a los sectores y acciones prioritarios de la convocatoria, capacidad acreditada de la entidad y valoración positiva de las acciones de los dos años anteriores (abandono no superior al 50 %). Los puntos no constan en lo leído.
Obligaciones si te la dan
- Un alumno cuenta como finalizado con al menos el 75 % de asistencia en formación presencial. En teleformación, con al menos el 75 % de los controles de seguimiento.
- Pagar el gasto antes de acabar el periodo de justificación y justificar la actividad y los gastos.
A tener en cuenta
- Plazo: no se puede confirmar si ha vencido. La fuente da una resolución del 29/10/2026 y diez días hábiles desde su publicación en el BOC (hoy es 3/11/2026), sin fecha de publicación en el BOC. Conviene comprobarlo.
- Los documentos no bastaban: el texto de la convocatoria canaria (PDF) y el Anexo III de ámbitos sectoriales no tenían texto legible. Solo se pudo leer la Orden EFP/942/2022 (bases estatales). Faltan beneficiarios exactos, requisitos propios, cuantías por programa, criterios con puntos, documentación y plazos de ejecución de la convocatoria.
- Es una ayuda para entidades de formación, no para empresas en general. Presentación electrónica obligatoria según las bases estatales.
Resumen hecho a partir de los documentos oficiales el 3 de noviembre de 2026. Compruébalo antes de presentar nada.
Documentos oficiales
Datos técnicos
- Título oficial
- CONVOCATORIA SUBVENCIONES EJECUCIÓN PLANES FORMACIÓN PERSONAS TRABAJADORAS OCUPADAS 2026
- Fuente
- BDNS · 938897
- Modalidad
- Concurrencia competitiva - canónica
- Publicado
- 29 de octubre de 2026
- Plazo según la fuente
- El día siguiente de la publicación de la Resolución de la convocatoria en el BOC / diez días hábiles a partir de la publicación en el BOC
- Instrumento
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- Materia
- Fomento del Empleo
- Ámbito geográfico
- ES70 - CANARIAS
- Sector según la fuente
- 85.5 · Otra educación
- Historial
- Abierta o a punto (plazo en las bases) (2 de noviembre de 2026)