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Línea ICO Crecimiento y Expansión de España Crece para exportadores (minimis general)

INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL · Estatal · Cualquier sector

¿Puedo pedirla?Según las basesSociedades mercantiles con domicilio social o establecimiento en España, con una antigüedad mínima de 4 años, que sean pequeña o mediana empresa según el Anexo I del documento.; En operaciones de cofinanciación estructuradas con entidades financieras pueden acceder sociedades con menos de 4 años.
¿Cuánto dan?Importe máximo financiable de la línea: 525 millones de €, con tramo no reembolsable y bonificación del tipo hasta un máximo de 75 millones de €.Presupuesto total: 57.000.000 €
¿Hasta cuándo?31 de diciembre de 2028quedan 788 días
Tipo de ayudaPréstamo parcialmente reembolsable
Cómo se repartePor orden de llegada hasta agotar fondos (el préstamo se pide a una entidad financiera)
Cuánto cubreHasta el 80 % de la inversión (100 % en circulante); tramo no reembolsable en préstamos de más de 5 años
Cuándo se cobraPréstamo con hasta 10 años en inversión y 2 de carencia
PlazoHasta el 31/12/2028 o hasta agotar fondos

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedirla?

Pymes españolas con al menos 4 años de antigüedad afectadas por el cambio en el entorno arancelario global. Deben tener cuentas auditadas en los dos últimos ejercicios, sin pérdidas y con rating mínimo B.

¿Qué es exactamente y cuánto financia?

Es un préstamo del ICO desde 50.000 €, sin máximo, de hasta el 80 % de la inversión. En circulante cubre hasta el 100 %.

¿Qué ventaja tiene sobre un préstamo normal?

El tipo de interés se rebaja hasta 100 puntos básicos. Los préstamos de más de 5 años pueden llevar un tramo no reembolsable de hasta 200.000 € o el 30 % del préstamo, el menor de los dos.

¿A qué plazo se devuelve?

Hasta 10 años en inversión, con hasta 2 de carencia, y hasta 5 años en circulante, con carencia máxima de 1 año.

¿Por orden de llegada o por puntos?

La bonificación se aplica por estricto orden de llegada de las solicitudes admitidas, sin prelación entre ellas.

¿Qué gastos se pueden financiar?

Instalaciones, maquinaria, equipos, vehículos industriales, intangibles como I+D, patentes y software, y circulante. No entran el IVA recuperable ni la compra de vehículos de transporte de mercancías por carretera.

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

Hasta el 31/12/2028 o hasta agotar el presupuesto.

¿Qué comisiones tiene?

Comisión de apertura del 0,5 % del importe formalizado y del 0,5 % por cancelación anticipada.

¿Cuánto dan?

Importe máximo financiable de la línea: 525 millones de €, con tramo no reembolsable y bonificación del tipo hasta un máximo de 75 millones de €.

¿Es a fondo perdido?

Tipo de ayuda: Préstamo parcialmente reembolsable.

¿Es por orden de llegada o por puntos?

Por orden de llegada hasta agotar fondos (el préstamo se pide a una entidad financiera)

¿Hasta cuándo se puede pedir?

Del 23/10/2026 al 31/12/2028.

¿Cuándo se cobra?

Préstamo con hasta 10 años en inversión y 2 de carencia.

¿Es compatible con otras ayudas?

Se aplican las normas de ayudas de Estado: para inversión, el Reglamento 651/2014 (arts. 17, 18 y 19) o el régimen de minimis (Reglamento UE 2023/2831, o 1408/2013 en agrícola y 717/2014 en pesca), y para participaciones empresariales y circulante solo minimis. Los límites dependen del sector. El ICO calcula la ayuda implícita equivalente.

¿Dónde se pide?

En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».

Qué es

Línea ICO Crecimiento Exportadores (España Crece): préstamo del ICO con el tipo de interés rebajado hasta 100 puntos básicos para pymes españolas afectadas, directa o indirectamente, por el cambio en el entorno arancelario global. Financia inversión en activos materiales e inmateriales y circulante, desde 50.000 € y hasta el 80 % de la inversión (hasta 10 años en inversión). Los préstamos de más de 5 años pueden llevar un tramo no reembolsable de hasta 200.000 € o el 30 % del préstamo, el menor de los dos. Se puede solicitar hasta el 31/12/2028 o hasta agotar fondos.

Todo el detalle de las bases

Qué financia

  • Mejorar el acceso al crédito de empresas afectadas, directa o indirectamente, por el cambio en el entorno arancelario global, con inversión en activos materiales y, de forma prioritaria, inmateriales.
  • Ampliación y renovación de instalaciones, maquinaria y equipos.
  • Adquisición o elaboración propia de activos intangibles: marcas, propiedad intelectual, I+D, patentes, diseños, software, bases de datos, algoritmos, prospección de nuevos mercados o productos, formación de empleados y sistemas de gestión.
  • Adquisición de participaciones empresariales para facilitar el relevo generacional de la empresa familiar, ampliar la capacidad productiva, mejorar el acceso a la financiación o asegurar el suministro de insumos clave.
  • Adquisición de acciones propias por la empresa familiar, hasta el límite de la Ley de Sociedades de Capital, para facilitar el relevo generacional.
  • Sostenimiento del capital circulante: incremento del activo circulante estructural necesario para la expansión de la empresa.

Quién puede pedirla

  • Sociedades mercantiles con domicilio social o establecimiento en España, con una antigüedad mínima de 4 años, que sean pequeña o mediana empresa según el Anexo I del documento.
  • En operaciones de cofinanciación estructuradas con entidades financieras pueden acceder sociedades con menos de 4 años.
  • Deben tener las cuentas anuales auditadas (por obligación legal o voluntariamente) en los dos últimos ejercicios cerrados. Si no, pueden acceder con aval público de al menos el 50 %, aval de una SGR del 100 % reavalado al menos al 50 % por CERSA, o aval de al menos el 75 % de una entidad financiera privada con grado de inversión.

Requisitos

  • Rating mínimo categoría B de Standard and Poor's: los solicitantes con B- o inferior se descartan. Si hay grupo, se toma la peor calificación entre empresa y grupo.
  • Sin pérdidas en los dos últimos ejercicios cerrados y sin patrimonio neto negativo en el último ejercicio cerrado.
  • No figurar en situación de morosidad en los ficheros consultados por el ICO.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente por ayuda declarada ilegal por la Comisión Europea.
  • No ser empresa en crisis.
  • Disponer de las licencias y autorizaciones necesarias.
  • No pueden acceder entidades de derecho público, universidades públicas, organismos autónomos, empresas públicas ni fundaciones públicas.
  • Quedan excluidas las actividades ilegales, pornografía y prostitución, proyectos contrarios a los derechos humanos, laborales o medioambientales, y armas y munición.

Gastos que cubre

  • Terrenos para la actividad principal, naves industriales e instalaciones técnicas.
  • Instalaciones de energía renovable (autoconsumo o vertido a red) de hasta 30 MWp.
  • Equipamiento TIC, maquinaria, herramientas, moldes, utillaje y mobiliario.
  • Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación.
  • Activos intangibles: I+D, propiedad industrial, derechos de traspaso, aplicaciones informáticas.
  • Gastos de explotación de creación y mantenimiento de intangibles organizativos (nuevos mercados, formación, sistemas de gestión).
  • Gastos de consultoría y calificación crediticia externa para solicitar la financiación, y comisiones de aval (el préstamo puede cubrir el 100 % de estos).
  • Necesidades de circulante acreditadas en la memoria.
  • Gastos adquiridos o iniciados hasta 12 meses antes de la solicitud (el ICO puede exigir que sean posteriores a la solicitud para ciertas ayudas).

Gastos que no cubre

  • Contribuciones en especie.
  • Gastos por fluctuaciones de tipos de cambio.
  • IVA recuperable y otros impuestos indirectos recuperables.
  • Compra de vehículos de transporte de mercancías por carretera.
  • Vehículos industriales para solicitantes cuyo objeto social sea el arrendamiento de esos elementos.

Cuantía

  • Importe máximo financiable de la línea: 525 millones de €, con tramo no reembolsable y bonificación del tipo hasta un máximo de 75 millones de €.
  • Préstamo mínimo: 50.000 €. Sin importe máximo.
  • El préstamo no puede superar el 80 % de la inversión; hasta el 100 % en circulante.
  • Plazo: hasta 10 años en inversión, con hasta 2 de carencia de principal; hasta 5 años en circulante, con carencia máxima de 1 año.
  • Tipo de interés con bonificación de hasta 100 puntos básicos sobre el de mercado. El tipo de mercado es el Euribor a un año (mínimo 0 %) más un margen de riesgo: 1,75 % general; 1,50 % con aval del 50 % al 70 %; 1 % con aval del 70 % al 90 %. Se revisa cada año.
  • Tramo no reembolsable (TNR) en préstamos de más de 5 años: máximo el menor de 200.000 € y el 30 % del valor nominal. Se aplica a amortizar anticipadamente las últimas cuotas.
  • Con cargo al TNR: en proyectos de inversión en activos materiales, 10 % del gasto para empresas medianas y 20 % para microempresas (activos materiales y salarios del empleo creado en 2 años); y servicios de internacionalización del ICEX por el 50 % del gasto.
  • Comisión de apertura: 0,5 % del importe formalizado. Comisión por cancelación anticipada: 0,5 % del importe reembolsado.
  • Interés de demora: tipo ordinario más 6 %.
  • Importe total según la ficha de la fuente: 57.000.000 €.

Plazos

  • Solicitud: desde el día siguiente a la publicación del documento en la web del ICO hasta el 31/12/2028 o hasta agotar el presupuesto (la fecha de cierre por agotamiento la publicará el ICO).
  • Subsanación de documentación: 5 días hábiles desde la notificación.
  • Formalización del contrato: el plazo lo fija la resolución de concesión y no puede pasar de 3 meses (con una única prórroga).
  • La bonificación se aplica por estricto orden de llegada de las solicitudes admitidas, sin prelación entre ellas.

Qué hay que presentar

  • Impreso de solicitud (Anexo III) firmado digitalmente por el representante, con autorización para consultar bases de datos.
  • Declaración responsable de cumplimiento de requisitos (Anexo II).
  • Declaración responsable sobre ayudas de Estado (Anexo IV).
  • Declaración responsable del cumplimiento del principio DNSH (art. 17 del Reglamento UE 2020/852) y etiquetado climático, en su caso.
  • Cuentas anuales formuladas o provisionales, si aún no se han depositado las del último ejercicio.
  • Memoria técnica de la solicitud según el modelo del documento.
  • Presentación solo online, con firma y registro electrónico y autenticación con Cl@ve, en https://ico.es/web/ico-online.

Garantías

  • Si el solicitante no tiene cuentas auditadas, la financiación se condiciona a: aval público de al menos el 50 % del préstamo (entidades soberanas, empresas públicas de gobierno central o bancos multilaterales), aval de SGR del 100 % con reaval de al menos el 50 %, o aval de al menos el 75 % de una entidad financiera privada con grado de inversión.
  • El ICO puede pedir otras garantías según sus políticas de riesgos.

Obligaciones si te la dan

  • Desarrollar el proyecto según el plan de negocio presentado y comunicar cambios.
  • No deslocalizar la actividad productiva fuera de España.
  • Justificar la aplicación de los fondos ante el ICO.
  • Conservar durante 10 años desde el vencimiento del préstamo los documentos justificativos.
  • Someterse a controles del ICO, la IGAE, el Tribunal de Cuentas y otros órganos nacionales y europeos, incluidas visitas a instalaciones.
  • Cumplir la normativa de prevención de blanqueo de capitales y lucha contra el fraude.
  • La bonificación de tipos y el TNR se pueden revocar por incumplimiento, con devolución de la bonificación acumulada más interés legal.

Compatibilidad con otras ayudas

Se aplican las normas de ayudas de Estado: para inversión, el Reglamento 651/2014 (arts. 17, 18 y 19) o el régimen de minimis (Reglamento UE 2023/2831, o 1408/2013 en agrícola y 717/2014 en pesca), y para participaciones empresariales y circulante solo minimis. Los límites dependen del sector. El ICO calcula la ayuda implícita equivalente.

A tener en cuenta

  • Los documentos descritos corresponden a la línea ICO Crecimiento Exportadores, mientras que el título de la ficha es ICO Crecimiento y Expansión (minimis general). Conviene comprobar que es la misma línea.
  • El importe de la ficha (57 millones de €) no coincide con el del documento (525 millones de € financiables, hasta 75 millones de € de TNR y bonificación). Se ha puesto el del documento y se anota el de la ficha.
  • El texto extraído tiene errores de codificación (acentos y la letra ñ) y no incluye los anexos (definición de pyme, modelos). Los textos de bases reguladoras y de convocatoria descargados son el mismo documento.
  • Se leyeron los apartados clave (artículos 1 a 13 y 29) y no se revisaron los artículos de revocación y vencimiento anticipado con detalle.
  • La Orden ECM/728/2026 (marco general del programa España Crece) no se leyó en detalle y no se usó para los datos.

Resumen hecho a partir de los documentos oficiales el 3 de noviembre de 2026. Compruébalo antes de presentar nada.

Datos técnicos
Título oficial
ESPAÑA CRECE - ICO CRECIMIENTO Y EXPANSIÓN (minimis general)
Fuente
BDNS · 938077
Modalidad
Concesión directa - instrumental
Publicado
27 de octubre de 2026
Plazo según la fuente
23/10/2026 / 31/12/2028
Fondos
MRR (Next Generation), MRR - MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Instrumento
Préstamo, Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Materia
Otras actuaciones de carácter económico
Ámbito geográfico
ES - ESPAÑA
Sector según la fuente
58 · Edición, 59 · Producción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión, grabación de sonido y edición musical, 90 · Actividades de creación artística y artes escénicas, 91 · Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales, 93 · Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento, 95 · Reparación y mantenimiento de ordenadores, artículos personales y enseres domésticos y vehículos de motor y motocicletas, 96 · Servicios personales, B · Industrias extractivas, C · Industria manufacturera, D · Suministro de energia electrica, gas, vapor y aire acondicionado, E · Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación, F · Construcción, G · Comercio al por mayor y al por menor, H · Transporte y almacenamiento, I · Hostelería, K · Telecomunicaciones, programación informática, consultoría, infraestructura informática y otros servicios de información, M · Actividades inmobiliarias, N · Actividades profesionales, científicas y técnicas, O · Actividades administrativas y servicios auxiliares, Q · Educación, R · Actividades sanitarias y de servicios sociales, U · Actividades de los hogares como empleadores y como productores de bienes y servicios no diferenciados para uso propio, V · Organismos extraterritoriales
Historial
Concesión directa (2 de noviembre de 2026), luego Abierta (2 de noviembre de 2026)