¿Puedo pedirla?Pueden pedirlaAutónomo, Pyme
¿Cuánto dan?15.000 €Presupuesto total de la convocatoria
¿Hasta cuándo?15 de enero de 2027quedan 71 días
Tipo de ayudaSubvención a fondo perdido
Cómo se repartePor puntos: se comparan todas las solicitudes
PlazoHasta el 15/01/2027
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedirla?
Autónomo, Pyme
¿Cuánto dan?
El presupuesto total de la convocatoria es 15.000 €. Lo que corresponde a cada solicitante está en las bases.
¿Es a fondo perdido?
Sí. Es una subvención a fondo perdido: no hay que devolverla si se cumplen las condiciones.
¿Es por orden de llegada o por puntos?
Por puntos: al cerrar el plazo se valoran todas las solicitudes y se conceden a las de mayor puntuación hasta agotar el presupuesto.
¿Hasta cuándo se puede pedir?
Hasta el 15/01/2027.
¿Dónde se pide?
En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».
Qué es
Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca, de 10 de marzo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a los sectores agrario y pesquero.
¿Quieres saber si te compensa?
Leemos las bases por ti y te decimos requisitos, gastos que cubre, documentación y trampas.
Documentos oficiales
- Documento de la convocatoria en lengua cooficial
- Documento de la convocatoria en español
- Bases reguladoras
También publicado en
Datos técnicos
- Título oficial
- Convocatoria para el año 2026, de las ayudas de minimis, para compensar determinados daños provocados a la actividad pesquera de arrastre
- Fuente
- BDNS · 937889
- Modalidad
- Concurrencia competitiva - canónica
- Publicado
- 26 de octubre de 2026
- Plazo según la fuente
- Desde el día siguiente a la publicación de la Resolución en el BOIB
- Instrumento
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- Materia
- Agricultura, Pesca y Alimentación
- Ámbito geográfico
- ES53 - ILLES BALEARS
- Sector según la fuente
- 03.1 · Pesca
- Historial
- Abierta (2 de noviembre de 2026)