Subvenciones para proyectos de inversión productiva en Cataluña (convocatoria anticipada de 2027)
Preguntas frecuentes
¿Qué proyectos se financian?
Inversiones industriales en nuevas plantas de producción o en mejoras y nuevos procesos productivos que mantengan o aumenten el empleo neto.
¿Cuánto me dan?
Hasta el 20 % del presupuesto de la actividad, con un máximo de 500.000 € por beneficiario. Con el Reglamento (UE) 651/2014 el tope baja al 15 % para gran empresa y al 10 % para mediana.
¿Cuánto dinero hay?
El presupuesto de la convocatoria es de 37.628.660,23 €, estimativo y ampliable.
¿Es por puntos o por orden de llegada?
Por puntos: concurrencia competitiva, y hace falta una puntuación mínima de 175 puntos.
¿Cuándo se cobra?
Se puede anticipar el 100 % del importe otorgado desde la concesión, con un aval bancario del 50 % del anticipo en la Caja General de Depósitos.
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Desde las 9:00 del primer día hábil siguiente a la publicación en el DOGC hasta las 14:00 del 2 de marzo de 2027.
¿Cuánto tiempo tengo para ejecutar el proyecto?
Desde el 4 de enero de 2027 hasta un máximo de 18 meses desde la publicación de la convocatoria. La justificación va como máximo 3 meses después.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, siempre que el total no supere el coste de la actividad. Si se acoge a minimis, el límite es de 300.000 € por empresa en tres años.
¿Quién puede pedirla?
Los requisitos para ser beneficiario son los de la base 6 del anexo 1 de la Orden EMT/42/2024. Esa base no está en los documentos descargados.
¿Cuánto dan?
Presupuesto máximo de la convocatoria: 37.628.660,23 € (partida IU1501 D/770000100/6220 de 2027). Es estimativo y puede ampliarse.
¿Es a fondo perdido?
Sí. Es una subvención a fondo perdido: no hay que devolverla si se cumplen las condiciones.
¿Es por orden de llegada o por puntos?
Por puntos: al cerrar el plazo se valoran todas las solicitudes y se conceden a las de mayor puntuación hasta agotar el presupuesto.
¿Hasta cuándo se puede pedir?
Del 29/10/2026 al 02/03/2027.
¿Dónde se pide?
En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».
Qué es
Convocatoria anticipada 2027 de la Generalitat de Cataluña para subvencionar proyectos de inversión industrial: nuevas plantas de producción o mejoras y nuevos procesos productivos que mantengan o aumenten el empleo neto. Ayuda de hasta el 20 % del presupuesto de la actividad, con un máximo de 500.000 €. Presupuesto de la convocatoria: 37.628.660,23 €. Las solicitudes se presentan hasta las 14:00 del 2 de marzo de 2027.
Todo el detalle de las bases
Qué financia
- Proyectos de inversiones industriales para nuevas plantas de producción, o inversiones en mejoras o nuevos procesos productivos, que a la vez conlleven el mantenimiento o un incremento neto de los puestos de trabajo.
- Finalidad: fomentar las políticas en el ámbito de la política industrial.
Quién puede pedirla
- Los requisitos para ser beneficiario son los de la base 6 del anexo 1 de la Orden EMT/42/2024. Esa base no está en los documentos descargados.
Cuantía
- Presupuesto máximo de la convocatoria: 37.628.660,23 € (partida IU1501 D/770000100/6220 de 2027). Es estimativo y puede ampliarse.
- Hasta un máximo del 20 % del presupuesto de la actividad subvencionada, con un máximo de 500.000,00 € por beneficiario, ajustado al régimen de ayudas europeas aplicable.
- Si se acoge al Reglamento (UE) 651/2014: máximo 15 % de los gastos subvencionables para gran empresa (art. 14) y 10 % para empresa mediana (art. 17).
- Pago: anticipo del 100 % del importe otorgado desde la concesión, con garantía del 50 % del anticipo (aval bancario depositado en la Caja General de Depósitos).
Plazos
- Solicitud: desde las 9:00 del primer día hábil siguiente a la publicación de la resolución en el DOGC, hasta las 14:00 del 2 de marzo de 2027.
- Ejecución: desde el 4 de enero de 2027 hasta un máximo de 18 meses desde la publicación de la convocatoria. Ampliable por razones justificadas, sin superar la mitad del plazo inicial.
- Con el Reglamento 651/2014, el proyecto no puede haber empezado antes de presentar la solicitud.
- Justificación: como máximo en los 3 meses siguientes al fin del período de ejecución.
- Resolución: máximo 6 meses desde la publicación de la convocatoria. Sin resolución expresa, se entiende desestimada.
Qué hay que presentar
- Solicitud telemática con los modelos de la Sede electrónica.
- La documentación a adjuntar es la de la base 12 de la Orden EMT/42/2024 (no incluida en los documentos descargados).
Cómo se valora
- Concurrencia competitiva: se concede a las solicitudes con más puntos, siempre que se alcance la puntuación mínima de 175 puntos.
- Los criterios están en la base 15 de la Orden EMT/42/2024 (no incluida en los documentos descargados).
Garantías
- Aval bancario del 50 % del importe del anticipo, depositado en la Caja General de Depósitos antes de la resolución definitiva.
Obligaciones si te la dan
- Gasto mínimo del 50 % de la inversión elegible o del importe presupuestado: si no se alcanza, revocación total. Si se alcanza pero el coste final es menor, se reduce la ayuda en proporción (Orden EMT/158/2026).
- Reintegro: si lo pide la persona beneficiaria, debe solicitarlo antes de que acabe el período de ejecución.
Compatibilidad con otras ayudas
La ayuda, sola o junto con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, no puede superar el coste de la actividad. Si se acoge a minimis (Reglamento UE 2023/2831), el límite es de 300.000,00 € por empresa en tres años, contando todas las ayudas de minimis recibidas.
A tener en cuenta
- Tramitación anticipada: la cuantía es estimativa y la concesión depende de que haya crédito adecuado y suficiente al resolver (condición suspensiva).
- El texto en castellano descargado es un borrador con campos sin rellenar (número de resolución, fecha, código BDNS). El plazo de inicio depende de la fecha de publicación en el DOGC.
- Los gastos subvencionables (base 9), documentación (base 12), criterios de valoración (base 15) y requisitos del beneficiario (base 6) remiten a las bases de la Orden EMT/42/2024. Solo se descargó la Orden EMT/158/2026, que modifica la base 2 (ejecución) y las bases 8.3 y 28.5 (revocación parcial), no el texto completo.
- La página 'Procedimiento Beta' del DOGC no tenía contenido útil.
- Los datos de la ficha indican apertura el 29/10/2026.
Resumen hecho a partir de los documentos oficiales el 3 de noviembre de 2026. Compruébalo antes de presentar nada.
Documentos oficiales
- Texto en otra lengua de la convocatoria
- Texto en castellano de la convocatoria
- Bases reguladoras
- Procedimiento Beta
También publicado en
Datos técnicos
- Título oficial
- Subvenciones para proyectos de inversiones productivas a Cataluña 2027 (anticipada)
- Fuente
- BDNS · 937289
- Modalidad
- Concurrencia competitiva - canónica
- Publicado
- 22 de octubre de 2026
- Plazo según la fuente
- Des de l’endemà de la publicació en el diari oficial de la convocatòria inicial / 31 de diciembre de 2022
- Instrumento
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- Materia
- Industria y Energía
- Ámbito geográfico
- ES51 - CATALUÑA
- Sector según la fuente
- C · Industria manufacturera
- Historial
- Abierta (2 de noviembre de 2026)