Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedirla?
Empresas catalanas, grandes, medianas o pequeñas, que ejecuten el proyecto en agrupación con una empresa coordinadora. No es para una empresa que actúe sola.
¿Cuánto me dan?
La intensidad base es del 25 % de los costes subvencionables y puede subir hasta el 40 % en gran empresa, el 50 % en mediana y el 60 % en pequeña. El tope es de 1.000.000 € por proyecto en fibras algodonosas y 600.000 € en otras fibras.
¿Cuánto dinero hay?
El crédito total es de 3.000.000 €.
¿Es por orden de llegada o por puntos?
Por puntos: la puntuación máxima es de 100 y el mínimo exigido, de 65.
¿Qué proyectos se financian?
Proyectos piloto de reciclaje textil posconsumo con nivel de madurez entre TRL 5 y 9, que cubran la cadena de valor. Deben procesar un mínimo de 1.000 t de residuo en fibras algodonosas o 100 t en otras fibras.
¿Cuándo se cobra?
El primer pago, de hasta el 60 %, llega tras validar la justificación parcial, a los 10 meses de la concesión. El resto se paga tras la justificación final.
¿Hasta cuándo se puede pedir?
Hasta el 16/12/2026 a las 14:00 horas, solo por vía telemática y en el trámite específico.
¿Cuánto dura la ejecución?
18 meses desde la firma de la resolución de concesión, ampliable si se pide hasta 3 meses antes de que acabe.
¿Cuánto dan?
Importe máximo por proyecto: 1.000.000 € (categoría a) y 600.000 € (categoría b).
¿Es a fondo perdido?
Sí. Es una subvención a fondo perdido: no hay que devolverla si se cumplen las condiciones.
¿Es compatible con otras ayudas?
La subvención, sola o con otras ayudas, no puede superar el coste de la actividad. Debe declararse toda ayuda para el mismo proyecto y no puede haber doble financiación de los mismos costes. Se acoge al artículo 25 del Reglamento (UE) 651/2014 (exención por categorías, ayudas a I+D), no a minimis.
¿Dónde se pide?
En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».
Qué es
Subvención de la Agencia de Residuos de Cataluña para proyectos de desarrollo experimental de reciclaje textil posconsumo, que cubran la cadena de valor y los lleve una agrupación de empresas. Intensidad del 25 % de los costes subvencionables, hasta un máximo del 40 % (gran empresa), 50 % (mediana) o 60 % (pequeña), con tope de 1.000.000 € por proyecto en fibras algodonosas y 600.000 € en otras fibras. Crédito total: 3.000.000 €. Plazo: hasta el 16/12/2026 a las 14:00 horas.
Todo el detalle de las bases
Qué financia
- Proyectos piloto de clasificación y selección de residuos aptos para el reciclaje, preparación para el reciclaje, reciclaje y reintroducción de residuos textiles posconsumo en Cataluña.
- Proyectos de desarrollo experimental e innovación tecnológica con nivel de madurez entre TRL 5 y 9, de riesgo tecnológico medio/bajo.
- Procesos de selección, preparación, reciclaje mecánico, termomecánico o químico, transformación (hilo fibra a fibra, tejidos, no tejidos, otras aplicaciones industriales), reintroducción en el mercado y trazabilidad.
- Cada proyecto debe cubrir la cadena de valor del reciclaje textil posconsumo e integrar a los agentes necesarios.
- Los residuos deben recogerse y transformarse en Cataluña. El proceso debe hacerse íntegramente en Cataluña hasta la tejeduría. La confección puede hacerse fuera si se justifica técnica o económicamente.
- Dos categorías: a) fibras algodonosas (más del 60 % de algodón), con el 80 % del presupuesto, y b) otras fibras, con el 20 %.
- Cantidad mínima a procesar: 1.000 t de residuo textil posconsumo apto para reciclaje (categoría a) o 100 t (categoría b). Máximo de 2.000 t por proyecto.
Quién puede pedirla
- Empresas catalanas (grande, mediana o pequeña) que ejecuten el proyecto en agrupación. Los beneficiarios firman un acuerdo de colaboración y hay una empresa coordinadora.
- La convocatoria remite a las bases reguladoras para los requisitos de las personas beneficiarias (base 6), que no están en los documentos leídos.
Requisitos
- Colaboración efectiva entre empresas independientes o difusión amplia de los resultados (artículo 25 del Reglamento (UE) 651/2014), para optar a las intensidades máximas.
- Disponer de las cantidades mínimas de residuo textil posconsumo (carta de compromiso o acuerdo de suministro).
- Las actuaciones no pueden haberse iniciado antes de presentar la solicitud.
- Las grandes empresas deben acreditar el efecto incentivador de la ayuda.
- Los requisitos de la base 6 se acreditan con la declaración responsable del representante legal.
Gastos que cubre
- Personal dedicado al proyecto.
- Instrumental, equipos y maquinaria (también de segunda mano), siempre por amortización durante el proyecto.
- Amortización de edificios e instalaciones durante el proyecto.
- Alquiler de equipos y espacios estrictamente necesarios.
- Clasificación de residuos textiles posconsumo recogidos y clasificados en Cataluña, y otros materiales necesarios para los ensayos.
- Transporte y logística de flujos de material entre beneficiarios.
- Investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes a precios de mercado, y consultoría ligada a la investigación.
- Analíticas y ensayos, y costes de certificación, verificación o validación del contenido reciclado y la trazabilidad.
- Auditorías, consultoría, comunicación, difusión y transferencia de conocimiento (máximo 1.000 € por auditoría y socio).
- Análisis técnicos y económicos vinculados a la validación.
- Gastos generales y de explotación, o alternativamente un tanto alzado de hasta el 5 % de los costes directos subvencionables.
Gastos que no cubre
- IVA y otros impuestos recuperables (si no se deduce el 100 % del IVA, se puede imputar la parte no recuperada).
- Gastos financieros no vinculados a la inversión.
- Gastos no definidos o no imputables directamente al proyecto.
- Compra de terrenos y construcción de naves salvo que sean estrictamente necesarias.
- Inversiones en edificios, infraestructuras y maquinaria, salvo su amortización durante el proyecto.
- Preparación para la reutilización, reutilización, valorización energética, obtención de combustibles, relleno y eliminación.
- Recogida selectiva de residuos textiles y producción ordinaria o comercial no ligada a la validación experimental.
Cuantía
- Crédito total: 3.000.000 €, ampliable según el artículo 92.4.b del Decreto legislativo 3/2002 si hay crédito disponible.
- Intensidad base: 25 % de los costes subvencionables. Incremento por tamaño: +10 % mediana, +20 % pequeña. Incremento por colaboración efectiva o difusión amplia: +15 %.
- Intensidad máxima: gran empresa 40 %, mediana 50 %, pequeña 60 %.
- Importe máximo por proyecto: 1.000.000 € (categoría a) y 600.000 € (categoría b).
- Primer pago: hasta el 60 % de la subvención, tras validar la justificación parcial. Pago final tras validar la justificación final.
Plazos
- Solicitud: desde el día siguiente a la publicación en el DOGC hasta el 16/12/2026 a las 14:00 horas.
- Resolución: máximo seis meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. Sin resolución, se entiende desestimada.
- Ejecución: 18 meses desde la firma de la resolución de concesión. Ampliable pidiéndolo hasta 3 meses antes de que acabe.
- Justificación parcial: a los 10 meses de la resolución de concesión.
- Justificación final: máximo 4 meses desde que acaba la ejecución.
Qué hay que presentar
- Formulario de solicitud y memoria técnica normalizada (con plan de validación industrial, plan de trazabilidad, plan de difusión, indicadores y balance de materia).
- Presupuesto detallado por beneficiario y presupuesto consolidado de la agrupación.
- Acuerdo de colaboración firmado por todos los beneficiarios (modelo normalizado de la Agencia), con declaración de colaboración efectiva.
- Declaración de los socios.
- Declaración de otras ayudas y de no doble financiación.
- Declaración de efecto incentivador (solo grandes empresas).
- Declaración de disponibilidad de residuo (carta de compromiso, acuerdo de suministro u otro).
- Formulario, memoria técnica, declaración de los socios y acuerdo de colaboración son documentación esencial: su falta supone inadmisión.
Cómo se valora
- Puntuación máxima 100 puntos. Mínimo exigido: 65 puntos. En caso de empate, prioridad al proyecto con más residuo realmente reintroducido en producto final.
- Bloque I, valor tecnológico: 30 puntos (innovación en procesos 10, fracciones no reciclables 10, complejidad tecnológica 6, incertidumbre técnica 4).
- Bloque II, plan de ejecución y gestión: 26 puntos (solidez metodológica 8, diseño experimental 8, experiencia en reciclaje posconsumo 4, industrialización futura 3, diversidad de la cadena 1, soporte externo 1, continuidad 1).
- Bloque III, impacto: 44 puntos (escala de demostración industrial 8, validación industrial de productos 8, valor añadido de aplicaciones finales 6, diversificación de usuarios finales 4, residuos no destinados a vertedero o valorización energética 8, plan de difusión 4, trazabilidad y verificación 6).
- Los objetivos e indicadores declarados (toneladas) son vinculantes. Su incumplimiento puede suponer minoración o revocación de la ayuda.
Obligaciones si te la dan
- Justificar la ejecución con justificación parcial (a los 10 meses) y final (4 meses tras la ejecución), presentadas conjuntamente por la empresa coordinadora.
- Presentar informe técnico final, balance de materia, informe de trazabilidad, balance económico y auditoría.
- Acreditar los indicadores comprometidos, con las toneladas reintroducidas en producto final como indicador principal.
- Cumplir los requisitos de difusión y transferencia de conocimiento.
- Estar al corriente con el Estado, la Generalitat y la Seguridad Social antes de cada pago.
Compatibilidad con otras ayudas
La subvención, sola o con otras ayudas, no puede superar el coste de la actividad. Debe declararse toda ayuda para el mismo proyecto y no puede haber doble financiación de los mismos costes. Se acoge al artículo 25 del Reglamento (UE) 651/2014 (exención por categorías, ayudas a I+D), no a minimis.
A tener en cuenta
- Plazo abierto: hasta el 16/12/2026 a las 14:00 horas. Solo presentación telemática, en el trámite específico (no vale el envío genérico).
- Los documentos no bastaban para los requisitos de beneficiarios: la convocatoria remite a las bases reguladoras (Resolución TER/3448/2026, base 6 y anexo 2), y el fichero de bases descargado solo contiene la página del portal del DOGC, sin el texto.
- Los proyectos se ejecutan en 18 meses y en agrupación de empresas: no es una ayuda para una empresa que actúe sola.
- Se leyó el texto en castellano de la convocatoria. El texto del extracto (resolución de convocatoria) lleva el número TER/ /2026 sin completar y fecha 19/10/2026.
Resumen hecho a partir de los documentos oficiales el 3 de noviembre de 2026. Compruébalo antes de presentar nada.
Documentos oficiales
Datos técnicos
- Título oficial
- Subvenciones para proyectos de desarrollo experimental de tecnologías y cadenas de valor para el reciclaje textil posconsumo en Cataluña
- Fuente
- BDNS · 936950
- Modalidad
- Concurrencia competitiva - canónica
- Publicado
- 21 de octubre de 2026
- Plazo según la fuente
- Des de l’endemà de la publicació en el diari oficial de la convocatòria inicial
- Instrumento
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- Materia
- Otras actuaciones de carácter económico
- Ámbito geográfico
- ES51 - CATALUÑA
- Sector según la fuente
- 39 · Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos
- Historial
- Abierta (2 de noviembre de 2026)