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Plan WAVE PLUS 2026: subvenciones a entidades de formación para cursos a desempleados en Aragón

INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO (INAEM) · Aragón · Sanidad y farmacia

¿Puedo pedirla?Según las basesSegún la orden estatal de bases: entidades de formación públicas o privadas, acreditadas y/o inscritas en el Registro de Entidades de Formación para las especialidades solicitadas (presencial, teleformación o mixta), con presencia e instalaciones inscritas o acreditadas en el ámbito territorial de la convocatoria.; También agrupaciones de entidades de formación (art. 11.3 Ley 38/2003), con un representante único. No pueden disolverse hasta pasado el plazo de prescripción.
¿Cuánto dan?Crédito de la convocatoria: 3.000.000 € (dato de la BDNS).Presupuesto total: 3.000.000 €
¿Hasta cuándo?Ver plazo5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOA (fecha aún no publicada)
Tipo de ayudaSubvención a fondo perdido
Cómo se repartePor puntos: se comparan todas las solicitudes
Cuándo se cobraAnticipo de hasta el 80 % al comunicar el inicio de la formación y al menos el 20 % tras justificar
PlazoCinco días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOA; ya vencido

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedirla?

Entidades de formación públicas o privadas, acreditadas o inscritas en Aragón, y agrupaciones de ellas. No es una ayuda para empresas en general.

¿Qué financia?

Formación para personas desempleadas que actualice sus competencias y mejore su empleabilidad (Plan WAVE PLUS Desempleados, 2026).

¿Cuánto dinero hay?

El crédito de la convocatoria es de 3.000.000 €.

¿Sigue abierto el plazo?

No. Eran cinco días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOA, y con la BDNS publicada el 19/10/2026 acabó hacia finales de octubre de 2026.

¿Cuándo se cobra?

Según las bases estatales, un anticipo de hasta el 80 % al comunicar el inicio de la formación y al menos el 20 % tras justificar, sin garantías en los anticipos.

¿Qué gastos entran?

Retribuciones de formadores y tutores, amortización o alquiler de equipos y aulas, material didáctico, y seguro de accidentes y responsabilidad civil de los participantes.

¿Cuánto tarda la resolución?

Según las bases estatales, un máximo de 6 meses desde la publicación de la convocatoria; pasado ese plazo la solicitud puede entenderse desestimada.

¿Cuánto dan?

Los módulos económicos máximos y la intensidad concreta los fija la convocatoria, que no se pudo leer.

¿Es a fondo perdido?

Sí. Es una subvención a fondo perdido: no hay que devolverla si se cumplen las condiciones.

¿Es por orden de llegada o por puntos?

Por puntos: al cerrar el plazo se valoran todas las solicitudes y se conceden a las de mayor puntuación hasta agotar el presupuesto.

¿Hasta cuándo se puede pedir?

5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOA (fecha aún no publicada).

¿Dónde se pide?

En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».

Qué es

Convocatoria 2026 del Instituto Aragonés de Empleo (INAEM) de subvenciones del Plan WAVE PLUS Desempleados, para financiar formación que actualice las competencias y mejore la empleabilidad de personas desempleadas. Se dirige a entidades de formación acreditadas o inscritas en Aragón, no a empresas en general. El crédito es de 3.000.000 €. El plazo de solicitud era de cinco días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOA, por lo que ya ha vencido.

Todo el detalle de las bases

Qué financia

  • Acciones formativas dirigidas a personas desempleadas para actualizar sus competencias laborales y mejorar su empleabilidad (Plan WAVE PLUS Desempleados, convocatoria 2026).
  • Marco general (Orden TMS/368/2019): programas de formación de los servicios públicos de empleo para necesidades de itinerarios de inserción y ofertas de empleo, programas específicos para desempleados con necesidades formativas especiales y programas con compromiso de contratación.

Quién puede pedirla

  • Según la orden estatal de bases: entidades de formación públicas o privadas, acreditadas y/o inscritas en el Registro de Entidades de Formación para las especialidades solicitadas (presencial, teleformación o mixta), con presencia e instalaciones inscritas o acreditadas en el ámbito territorial de la convocatoria.
  • También agrupaciones de entidades de formación (art. 11.3 Ley 38/2003), con un representante único. No pueden disolverse hasta pasado el plazo de prescripción.
  • En programas con compromiso de contratación, también empresas o entidades que se comprometan a contratar.

Requisitos

  • No incurrir en las prohibiciones del art. 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003.
  • No tener sanción firme por infracción grave o muy grave en formación profesional para el empleo con exclusión de subvenciones.
  • Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social antes de la propuesta de resolución y del pago.
  • Haber devuelto lo reclamado en convocatorias anteriores con resolución firme de reintegro.

Gastos que cubre

  • Retribuciones de formadores y tutores internos y externos, y, si la convocatoria lo prevé, personal de apoyo técnico y dinamización.
  • Amortización, alquiler o arrendamiento financiero (sin intereses) de equipos didácticos, plataformas, aulas y talleres.
  • Medios y materiales didácticos y consumibles, incluidos equipos de protección.
  • Seguro de accidentes y responsabilidad civil de los participantes.
  • Costes de evaluación de la calidad si la convocatoria los fija.
  • Solo se aceptan gastos contraídos desde la concesión, salvo los costes indirectos de preparar el programa desde la publicación de la convocatoria.

Cuantía

  • Crédito de la convocatoria: 3.000.000 € (dato de la BDNS).
  • Los módulos económicos máximos y la intensidad concreta los fija la convocatoria, que no se pudo leer.

Plazos

  • Solicitud: cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el BOA (texto de la BDNS). Publicada en la BDNS el 19/10/2026.
  • Resolución (orden estatal de bases): máximo 6 meses desde la publicación de la convocatoria. Pasado ese plazo, la solicitud puede entenderse desestimada.
  • Pago (orden estatal de bases): anticipo de hasta el 80 % al comunicar el inicio de la formación y al menos el 20 % tras justificar. Sin garantías en los anticipos.

Obligaciones si te la dan

  • Garantizar la gratuidad de las acciones formativas para los participantes.
  • Controlar la asistencia y el seguimiento del aprendizaje (control diario en presencial, controles periódicos en teleformación) y tenerlo a disposición de los órganos de control.
  • Comunicar otras ayudas o ingresos para la misma actividad: se descuentan de la subvención.
  • Se considera que un alumno finaliza si asiste al menos al 75 % de la duración (o hace el 75 % de los controles en teleformación).

A tener en cuenta

  • Plazo vencido: la solicitud era de cinco días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOA. Con la BDNS publicada el 19/10/2026, el plazo acabó hacia finales de octubre de 2026, antes del 3/11/2026 (fecha exacta del BOA no consta).
  • Documentos insuficientes: el PDF de la convocatoria (Orden de la Consejera con Anexo I) son imágenes sin texto y no se pudo leer. Faltan módulos, requisitos específicos, documentación, criterios de valoración y plazo de ejecución.
  • Las bases leídas son las generales estatales (Orden TMS/368/2019, texto consolidado), no el texto aragonés. Valen como marco, no como detalle de esta convocatoria.
  • No es una ayuda para empresas en general: va a entidades de formación.

Resumen hecho a partir de los documentos oficiales el 3 de noviembre de 2026. Compruébalo antes de presentar nada.

Datos técnicos
Título oficial
ORDEN de Consejera Economía, Competitividad, Empleo, por la que se aprueba para el 2026 convocatoria subvenciones para el desarrollo del Plan WAVE PLUS Desempleados, destinado a la actualización de las competencias laborales y mejora de la empleabilidad.
Fuente
BDNS · 936188
Modalidad
Concurrencia competitiva - canónica
Publicado
19 de octubre de 2026
Plazo según la fuente
El plazo presentación solicitudes es cinco días hábiles, a partir de día siguiente publicación BOA / El plazo presentación solicitudes es cinco días hábiles, a partir de día siguiente publicación BOA
Instrumento
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Materia
Fomento del Empleo
Ámbito geográfico
ES24 - ARAGON
Sector según la fuente
Q · Educación, T · Otros servicios
Historial
Abierta o a punto (plazo en las bases) (2 de noviembre de 2026)