Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedirla?
Personas físicas o jurídicas o agrupaciones de las Illes Balears que sean titulares de un centro de limpieza y desinfección de vehículos inscrito en el RECELIDE, o que se comprometan a construir o rehabilitar uno nuevo.
¿Cuánto dan?
El 70 % de la inversión subvencionable. La inversión máxima es de 100.000 € si se mejora un centro existente y de 200.000 € si se construye uno nuevo.
¿Se reparte por orden de llegada o por puntos?
Las solicitudes se resuelven a medida que entran, sin esperar al cierre del plazo, hasta agotar el crédito de 500.000 €.
¿Hasta cuándo puedo pedirla?
Hasta el 18 de diciembre de 2026. La resolución salió en el BOIB núm. 131 de 15/10/2026.
¿Qué gastos entran?
Inversiones del centro de limpieza y desinfección hechas y pagadas después de presentar la solicitud y de la inspección previa de no inicio. Se excluyen licencias, tasas e impuestos.
¿Cuándo hay que justificar?
La justificación se presenta en 15 meses desde la notificación de la concesión. La resolución llega en un máximo de 6 meses desde la solicitud.
¿Es compatible con otras ayudas?
Es ayuda de minimis: la suma no puede pasar de 300.000 € por beneficiario en cualquier periodo de tres años.
¿Es a fondo perdido?
Sí. Es una subvención a fondo perdido: no hay que devolverla si se cumplen las condiciones.
¿Es por orden de llegada o por puntos?
Por orden de llegada: se conceden según se presentan las solicitudes completas, hasta que se acaba el dinero. Conviene pedirla pronto.
¿Hasta cuándo se puede pedir?
Hasta el 18/12/2026.
¿Dónde se pide?
En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».
Qué es
Ayuda de minimis del FOGAIBA (Illes Balears) para invertir en centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de animales y piensos, con el fin de mejorar la bioseguridad animal. Financia el 70 % de la inversión subvencionable, hasta 100.000 € de inversión si se mejora un centro existente y hasta 200.000 € si se construye uno nuevo. Crédito de 500.000 €. Solicitudes hasta el 18 de diciembre de 2026.
Todo el detalle de las bases
Qué financia
- Construcción, rehabilitación, ampliación, modernización y adecuación de centros de limpieza y desinfección de vehículos (Real Decreto 638/2019) para mejorar la bioseguridad animal.
- Modernización o mejora de centros existentes: cierre exterior, suelo, áreas de limpieza y desinfección, residuos sólidos, agua y electricidad, equipos de limpieza, plataforma de recogida de líquidos, fosa de efluentes, precintado de puertas, almacenes de cama limpia, nuevas líneas, contenedores móviles, automatización o robotización, tratamiento térmico, verificación de la limpieza, lectura automática de matrículas e instalaciones administrativas e informáticas.
- Construcción de nuevos centros, incluida la rehabilitación de edificios o estructuras preexistentes.
- Otras mejoras de capacidad, con informe previo favorable de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.
Quién puede pedirla
- Personas físicas o jurídicas o agrupaciones sin personalidad jurídica de las Illes Balears que, antes de la propuesta de resolución, sean titulares de un centro de limpieza y desinfección autorizado e inscrito en el RECELIDE y se comprometan a mejorarlo.
- También quienes se comprometan a rehabilitar o construir un nuevo centro que cumpla el Real Decreto 638/2019 y se inscriba en el RECELIDE antes de iniciar la actividad.
Requisitos
- Mantener la titularidad del centro durante un año desde la fecha de la solicitud.
- Solo una solicitud por centro; si hay varias, solo es subvencionable la primera registrada.
- Informe favorable de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural sobre el proyecto.
- No estar incurso en las prohibiciones del art. 10.1 y 10.2 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Baleares.
- Estar al corriente con las obligaciones tributarias (estatales y autonómicas) y con la Seguridad Social antes de la propuesta de resolución.
- No haber sido sancionado o condenado en los últimos 3 años por prácticas laborales discriminatorias por sexo o género.
- Si la ayuda supera 30.000 €, empresas con ánimo de lucro deben acreditar el cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004.
Gastos que cubre
- Inversiones realizadas y pagadas después de presentar la solicitud y de levantarse el acta de inspección previa de no inicio, y hasta un año después de la notificación de la concesión.
- Solo actuaciones directamente relacionadas exclusivamente con el centro de limpieza y desinfección.
Gastos que no cubre
- Licencias, tasas, impuestos y tributos.
- Inversiones iniciadas antes del acta de inspección previa.
Cuantía
- Crédito de la convocatoria: 500.000 € (presupuestos 2026 del FOGAIBA, 100 % financiado por la CAIB, con posibilidad de ampliar).
- Mejora de centros existentes: 70,00 % de la inversión subvencionable, con inversión máxima subvencionable de 100.000,00 €.
- Construcción o rehabilitación de nuevos centros: 70,00 % de la inversión subvencionable, con inversión máxima subvencionable de 200.000,00 €.
- Límite de minimis: 300.000,00 € por beneficiario en cualquier periodo de tres años.
Plazos
- Solicitud: desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BOIB (BOIB núm. 131 de 15/10/2026) hasta el 18 de diciembre de 2026.
- Las solicitudes se resuelven a medida que entran, sin esperar al cierre del plazo, hasta agotar el crédito.
- Resolución: máximo 6 meses desde la presentación de la solicitud (sin respuesta, desestimada).
- Subsanación: 10 días.
- Inversiones elegibles: hasta un año después de la notificación de la concesión.
- Justificación: 15 meses desde la notificación de la concesión.
Qué hay que presentar
- Solicitud por vía telemática en la Sede Electrónica de la CAIB (obligatoria; si no, se inadmite).
- NIF si es persona jurídica y acreditación de la representación, en su caso.
- Proyecto de las actuaciones con presupuesto desglosado.
- Informe de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (lo obtiene de oficio el FOGAIBA salvo oposición).
- Agrupaciones: NIF, normas de funcionamiento, compromisos de ejecución de cada miembro, compromiso de no disolución y nombramiento de representante único.
- Si la ayuda supera 30.000 €: certificación sobre plazos de pago de la Ley 3/2004 (modelo en la web del FOGAIBA) o informe de auditor.
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social, o autorización al FOGAIBA para comprobarlo, o declaración responsable si procede.
- Tres ofertas si el gasto supera 40.000 € (obra) o 15.000 € (equipos o servicios).
- Solicitud de pago: memoria de actividades, facturas y justificantes de pago, cuenta justificativa, informe del Servicio de Sanidad y Bienestar Animal sobre el alta en el RECELIDE, licencia de obras y certificado final de obra o escritura de obra nueva si hay obra civil.
Obligaciones si te la dan
- Ejecutar el proyecto y presupuesto aprobados.
- Mantener la actividad de limpieza y desinfección autorizada e inscrita en el RECELIDE durante 5 años desde su realización.
- Bienes inscribibles: destinarlos a la finalidad durante 5 años desde el pago, con constancia en la escritura.
- Tramitar todo por vía electrónica.
- Cumplir las obligaciones del artículo 11 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones y del artículo 15 de las bases reguladoras.
Compatibilidad con otras ayudas
Ayuda de minimis (Reglamento UE 2023/2831): la cuantía total no puede exceder 300.000 € por beneficiario en cualquier periodo de tres años, con los límites y la acumulación de los artículos 3 y 5 del Reglamento. La resolución de concesión hará constar su carácter de minimis.
A tener en cuenta
- Plazo abierto: cierra el 18/12/2026, es decir, quedan unas siete semanas desde hoy (3/11/2026). Se resuelve por orden de entrada hasta agotar el crédito, así que conviene presentar pronto.
- El PDF de la convocatoria (en castellano y en catalán) no tenía texto legible; el contenido se tomó de la versión publicada en el BOIB (html). Las bases reguladoras de 2005 no se pudieron leer (texto ilegible) y no se resumieron.
- Dirigido a titulares de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado, no a ganaderos en general.
- Presentación solo electrónica.
Resumen hecho a partir de los documentos oficiales el 3 de noviembre de 2026. Compruébalo antes de presentar nada.
Documentos oficiales
Datos técnicos
- Título oficial
- Ayudas de minimis para inversiones en bioseguridad animal para el 2026
- Fuente
- BDNS · 934755
- Modalidad
- Concurrencia competitiva - canónica
- Publicado
- 13 de octubre de 2026
- Plazo según la fuente
- -
- Instrumento
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- Materia
- Agricultura, Pesca y Alimentación
- Ámbito geográfico
- ES53 - ILLES BALEARS
- Sector según la fuente
- 01 · Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
- Historial
- Abierta (2 de noviembre de 2026)