Ayudas y Licitaciones
Te ayudamos
AyudasAbierta o a punto (plazo en las bases)

Ayudas para unidades de apoyo del SEPE en Ceuta (2026)

DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SEPE DE CEUTA · Ceuta

¿Puedo pedirla?Según las basesEntidades titulares de Centros Especiales de Empleo (CEE) con actividad en Ceuta, y los propios centros cuando tengan personalidad jurídica propia.
¿Cuánto dan?Crédito máximo estimado: 40.000 euros (2026: 32.000 €; 2027: 8.000 €).Presupuesto total: 40.000 €
¿Hasta cuándo?Ver plazo10 días desde el día siguiente a la publicación en el BOCCE (fecha aún no publicada)
Tipo de ayudaSubvención a fondo perdido
Cómo se repartePor puntos: se comparan todas las solicitudes
Cuándo se cobraAnticipo del 80 % sin garantías
Plazo10 días desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedirla?

Las entidades titulares de Centros Especiales de Empleo con actividad en Ceuta, inscritas como tales, y los propios centros si tienen personalidad jurídica propia.

¿Qué financia?

Costes laborales y de Seguridad Social de los trabajadores con contrato indefinido de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional.

¿Cuánto dan?

La cuantía de referencia es de 1.440 € anuales por trabajador con el tipo y grado de discapacidad exigidos. El crédito máximo estimado es de 40.000 € (32.000 € en 2026 y 8.000 € en 2027), y si no alcanza se prorratea.

¿Se reparte por orden de llegada o por puntos?

Por puntos: se comparan todas las solicitudes. Por ejemplo, el porcentaje de trabajadores con discapacidad con contrato indefinido da hasta 10 puntos.

¿Cuándo cobro?

Hay un anticipo del 80 % de la subvención concedida, sin garantías. La justificación se presenta en un máximo de 3 meses desde que terminan las contrataciones.

¿Hasta cuándo puedo pedirla?

El plazo es de 10 días desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

¿Es a fondo perdido?

Sí. Es una subvención a fondo perdido: no hay que devolverla si se cumplen las condiciones.

¿Es por orden de llegada o por puntos?

Por puntos: al cerrar el plazo se valoran todas las solicitudes y se conceden a las de mayor puntuación hasta agotar el presupuesto.

¿Hasta cuándo se puede pedir?

10 días desde el día siguiente a la publicación en el BOCCE (fecha aún no publicada).

¿Cuándo se cobra?

Anticipo del 80 % sin garantías.

¿Es compatible con otras ayudas?

El real decreto de las bases fija que la ayuda, sola o junto con otras subvenciones o recursos, no puede superar el coste de la actividad financiada. Es incompatible con las ayudas para los mismos conceptos del capítulo II del RD 1451/1983.

¿Dónde se pide?

En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».

Qué es

Convocatoria 2026 del SEPE en Ceuta de subvenciones para las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional de los Centros Especiales de Empleo con actividad en Ceuta. Financia costes laborales y de Seguridad Social de los trabajadores de esas unidades con contrato indefinido. Crédito máximo estimado: 40.000 € (32.000 € en 2026 y 8.000 € en 2027). El plazo de solicitud es de 10 días desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

Todo el detalle de las bases

Qué financia

  • Costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de los trabajadores de las Unidades de Apoyo.
  • Funciones de esas unidades: ayudar a superar las barreras que tienen los trabajadores con discapacidad de los CEE para incorporarse a un puesto de trabajo, y para permanecer y progresar en él.
  • Subvenciones por períodos máximos de un año.

Quién puede pedirla

  • Entidades titulares de Centros Especiales de Empleo (CEE) con actividad en Ceuta, y los propios centros cuando tengan personalidad jurídica propia.

Requisitos

  • CEE inscrito como tal en el Registro correspondiente (art. 7 del RD 2273/1985).
  • Que la plantilla incluya trabajadores con los tipos y grados de discapacidad del art. 3.1 del RD 469/2006: parálisis cerebral, trastorno de la salud mental o discapacidad intelectual (incluido el trastorno del espectro del autismo) con grado igual o superior al 33 %; o discapacidad física o sensorial con grado igual o superior al 65 %.
  • Cumplir el art. 13 de la Ley 38/2003 (no estar en las prohibiciones para ser beneficiario).

Cuantía

  • Crédito máximo estimado: 40.000 euros (2026: 32.000 €; 2027: 8.000 €).
  • Cuantía de referencia (RD 469/2006, modificado por el RD 818/2021): 1.440 euros anuales por cada trabajador con el tipo y grado de discapacidad indicados, contratado por tiempo indefinido o con contrato temporal de al menos seis meses. Se reduce en proporción a la duración del contrato y de la jornada.
  • Si el crédito no alcanza, el importe se prorratea entre los beneficiarios.
  • Anticipo del 80 % de la subvención concedida, sin garantías.

Plazos

  • Solicitud: 10 días desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
  • Subsanación: 10 días hábiles.
  • Alegaciones a la propuesta provisional: 10 días.
  • Resolución: 3 meses desde la publicación del extracto. Sin resolución, puede entenderse desestimada.
  • Justificación: máximo 3 meses desde que terminan las contrataciones.

Qué hay que presentar

  • Solicitud por el registro electrónico del SEPE o por cualquiera de las vías del art. 16 de la Ley 39/2015, dirigida al Director Provincial del SEPE en Ceuta.
  • Documentación de la plantilla de trabajadores con discapacidad del CEE en 2025, con tipo y grado de discapacidad, tipo y duración de los contratos.
  • Documentación de las contrataciones de los trabajadores de las Unidades de Apoyo y descripción de sus funciones, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025 (contratos y justificación de costes laborales y de Seguridad Social).
  • Justificación final: memoria de actuación, justificación de salarios y cotizaciones, titulación de los contratados y acreditación de la devolución de la diferencia con el anticipo.

Cómo se valora

  • Porcentaje de trabajadores con discapacidad con contrato indefinido sobre el total de trabajadores con discapacidad del CEE: hasta 10 puntos.
  • Porcentaje de trabajadores con los tipos y grados de discapacidad del art. 3.1.a) y b) del RD 469/2006 sobre el total con discapacidad del CEE: hasta 10 puntos.
  • Porcentaje de mujeres con esos tipos y grados sobre el total de trabajadores con ese tipo y grado: hasta 10 puntos.
  • Trabajadores con discapacidad procedentes de CEE, contratados de forma indefinida o por al menos seis meses por empresas del mercado protegido en los últimos dos años: 1,5 puntos por trabajador, hasta 20 puntos.
  • No se valoran los criterios cuya justificación no se presente con la solicitud o en el plazo de subsanación.

Obligaciones si te la dan

  • Cumplir el art. 14 de la Ley 38/2003.
  • Contrataciones de 12 meses de duración.
  • Aplicar criterios de eficacia, especialización y calidad y someterse a comprobación y control.
  • Hacer constar en lugar visible la financiación del SEPE (en contratos y demás documentos), con la imagen institucional del Anexo I.
  • Reintegro si se incumple o no se justifica. Si el contrato se extingue por despido improcedente, se devuelven los costes salariales asociados.

Compatibilidad con otras ayudas

El real decreto de las bases fija que la ayuda, sola o junto con otras subvenciones o recursos, no puede superar el coste de la actividad financiada. Es incompatible con las ayudas para los mismos conceptos del capítulo II del RD 1451/1983.

A tener en cuenta

  • La fecha exacta de cierre depende de la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, que los documentos no indican. La resolución de convocatoria está firmada el 09/10/2026.
  • El PDF de la convocatoria no tenía texto extraíble; se leyó extrayendo su contenido directamente. El texto menciona que las contrataciones deben iniciarse antes de que acabe 2025, lo que parece un error de la convocatoria.
  • Las bases que se descargaron son el Real Decreto 818/2021, no la Orden TES/1077/2023 (modificada por la Orden TES/234/2025) que cita la convocatoria como bases reguladoras.
  • Solo para Centros Especiales de Empleo de Ceuta.

Resumen hecho a partir de los documentos oficiales el 3 de noviembre de 2026. Compruébalo antes de presentar nada.

Datos técnicos
Título oficial
CONVOCATORIA UNIDADES DE APOYO 2026
Fuente
BDNS · 934639
Modalidad
Concurrencia competitiva - canónica
Publicado
9 de octubre de 2026
Plazo según la fuente
AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL BOCCE / DIEZ DIAS DESPUES DESDE EL SIGUIENTE A SU PUBLI
Instrumento
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Materia
Fomento del Empleo
Ámbito geográfico
ES63 - CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
Sector según la fuente
88.9 · Otras actividades de servicios sociales sin alojamiento
Historial
Abierta o a punto (plazo en las bases) (2 de noviembre de 2026)