Ayudas a ganaderos de vacuno catalanes por pérdida de ingresos por la dermatosis nodular
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedirla?
Explotaciones ganaderas de vacuno de Cataluña que tuvieron vacunos positivos en dermatosis nodular contagiosa y terminaron el vaciado sanitario entre el 3 de octubre de 2025 y el 27 de febrero de 2026.
¿Qué compensa?
La pérdida de ingresos por la interrupción de la actividad tras el vaciado sanitario, calculada por módulos.
¿Cuánto dan?
Hasta el 100 % de los gastos subvencionables. Por ejemplo, 1,051 € al día por vaca de carne durante 910 días, o 0,27 € por litro dejado de producir en leche durante 730 días.
¿Se reparte por orden de llegada o por puntos?
Se concede en concurrencia no competitiva, sin comparar solicitudes, según los fondos disponibles. El crédito es de 3.500.000 €.
¿Hasta cuándo puedo pedirla?
20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el DOGC. La resolución es del 5/10/2026 y la fecha exacta de publicación no consta, así que conviene comprobarla.
¿Cuándo se justifica?
La justificación se presenta junto con la solicitud. La resolución llega en un máximo de 6 meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria.
¿Es a fondo perdido?
Sí. Es una subvención a fondo perdido: no hay que devolverla si se cumplen las condiciones.
¿Es por orden de llegada o por puntos?
Por orden de llegada: se conceden según se presentan las solicitudes completas, hasta que se acaba el dinero. Conviene pedirla pronto.
¿Hasta cuándo se puede pedir?
20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria inicial en el diario oficial (fecha aún no publicada).
¿Es compatible con otras ayudas?
Régimen del Reglamento (UE) 2022/2472 (exención agrícola), comunicado a la Comisión con referencia SA.124940. La ayuda no puede superar el coste de la actividad subvencionada sola o con otras ayudas. No se reformulan solicitudes.
¿Dónde se pide?
En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».
Qué es
Ayuda de la Generalitat de Cataluña para compensar la pérdida de ingresos de las explotaciones de vacuno que tuvieron que vaciar la granja por la dermatosis nodular contagiosa. Se calcula por módulos (euros por día y animal o por litro) y puede cubrir hasta el 100 % de los gastos subvencionables. Crédito de 3.500.000 €. El plazo es de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el DOGC.
Todo el detalle de las bases
Qué financia
- Pérdida de ingresos causada por la interrupción temporal de la actividad productiva por imposición del vaciado sanitario y por la dificultad de repoblación, con la consiguiente dificultad de recuperar el potencial productivo.
- Objetivo: compensar a las explotaciones de vacuno de Cataluña los costes y pérdidas derivados de las medidas obligatorias de control y erradicación por la declaración de foco de dermatosis nodular contagiosa.
Quién puede pedirla
- Explotaciones ganaderas de vacuno de Cataluña. La convocatoria remite a la base 5.1.a de las bases reguladoras (Orden ARP/170/2026), que no está disponible, para saber qué personas pueden pedirla.
Requisitos
- Haber tenido vacunos positivos en dermatosis nodular contagiosa en la explotación.
- Haber finalizado el vaciado sanitario entre el 3 de octubre de 2025 y el 27 de febrero de 2026.
- Cumplir los requisitos de persona beneficiaria de las bases reguladoras.
Gastos que cubre
- Pérdida de ingresos por la interrupción de la actividad tras el vaciado sanitario, calculada por módulos.
Cuantía
- Crédito máximo de la convocatoria: 3.500.000,00 €, ampliable según el art. 92.4.b del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, si hay crédito disponible.
- Ayuda hasta el 100 % de los gastos subvencionables (Reglamento (UE) 2022/2472, respetando el umbral del art. 26).
- Vacuno de carne (reproducción): 1,051 €/día por vaca de carne (1,61 €/día si es de alto valor genético), por las vacas de más de 12 meses sacrificadas, durante 910 días.
- Vacuno de leche (reproducción): 0,27 € por litro dejado de producir, sobre la media diaria de INFOLAC de los 12 meses anteriores, durante 730 días.
- Engorde: por ternero y día, 1,94 € frisones, 2,43 € montbéliarde, 2,54 € de pastos, durante 365 días. Se aplica también a los terneros macho de entre 4 y 12 meses de explotaciones de carne o leche.
- Reposición de leche: 2,97 €/día por animal sacrificado, durante 365 días.
- En caso de cese de actividad: el módulo de su tipo de explotación multiplicado por 150 días.
- No se cuentan los animales que fueron a matadero en su ciclo productivo normal.
- La ayuda, sola o con otras, no puede superar el coste de la actividad subvencionada.
Plazos
- Solicitud: 20 días hábiles desde el día siguiente al de publicación de la Resolución en el DOGC.
- Resolución: máximo 6 meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. Sin resolución, se entiende desestimada.
- Periodo subvencionable desde el fin del vaciado: 12 meses (engorde y reposición de leche), 24 meses (leche), 30 meses (reproducción de carne), 5 meses si hay cese de actividad.
- Justificación: se presenta junto con la solicitud.
Qué hay que presentar
- Solicitud telemática en los modelos de la sede electrónica.
- Acreditación de la representación, si procede (las personas jurídicas, si no está inscrita en un registro público o en Representa).
- Justificación por módulos junto con la solicitud: memoria de actuación y memoria económica con el número y la edad de los animales en el momento de la resolución del vaciado (o los litros medios de los 12 meses anteriores), la cuantía calculada y, si los hay, otros ingresos o ayudas.
- No hace falta repetir documentos ya presentados a la Generalitat hace menos de 5 años sin cambios.
Obligaciones si te la dan
- La solicitud conlleva asumir los compromisos de las bases y de la convocatoria.
- Justificación por módulos según el capítulo III de la Orden ECO/172/2015.
- Pérdida del derecho al cobro por falta de justificación o por las causas del art. 37 de la Ley 38/2003.
- Reintegro con intereses de demora si se devuelve voluntariamente: se comunica la renuncia al órgano competente.
Compatibilidad con otras ayudas
Régimen del Reglamento (UE) 2022/2472 (exención agrícola), comunicado a la Comisión con referencia SA.124940. La ayuda no puede superar el coste de la actividad subvencionada sola o con otras ayudas. No se reformulan solicitudes.
A tener en cuenta
- Plazo: la fecha exacta de publicación en el DOGC no figura en los documentos (la resolución es del 5/10/2026 y la BDNS la publica el 8/10/2026). Si el DOGC fue hacia el 8/10/2026, los 20 días hábiles acabarían hacia el 6/11/2026, y puede estar a punto de vencer o vencido. Comprobar la fecha en el DOGC.
- Documentos insuficientes: las bases reguladoras (Orden ARP/170/2026, DOGC 9749 de 10/9/2026) no se descargaron, solo un HTML vacío del portal del DOGC. Faltan beneficiarios exactos, gastos excluidos y obligaciones detalladas.
- Concesión excepcionalmente en concurrencia no competitiva, sin comparar solicitudes. Las ayudas se dan según los fondos disponibles.
- Solicitud solo telemática. Instruye el Servicio de Sanidad Animal. Resuelve la Dirección General de Agricultura y Ganadería.
- El PDF en catalán no tiene texto legible. Se leyó el PDF en castellano.
Resumen hecho a partir de los documentos oficiales el 3 de noviembre de 2026. Compruébalo antes de presentar nada.
Documentos oficiales
Datos técnicos
- Título oficial
- Ayudas a la pérdida de ingresos derivada de las bases reguladoras que deben regir las ayudas a las explotaciones ganaderas de vacuno de Cataluña afectadas por la dermatosis nodular contagiosa
- Fuente
- BDNS · 934471
- Modalidad
- Concurrencia competitiva - canónica
- Publicado
- 8 de octubre de 2026
- Plazo según la fuente
- Des de l’endemà de la publicació en el diari oficial de la convocatòria inicial / 20 Dies Hàbils
- Instrumento
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- Materia
- Agricultura, Pesca y Alimentación
- Ámbito geográfico
- ES51 - CATALUÑA
- Sector según la fuente
- 01 · Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
- Historial
- Abierta o a punto (plazo en las bases) (2 de noviembre de 2026)