Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedirla?
Pymes con actividad en Melilla, de cualquier forma jurídica, para nueva empresa, ampliación o diversificación. En ampliación o diversificación hay que estar de alta en el IAE al menos un año antes de la solicitud.
¿Cuánto dan y es a fondo perdido?
Sí, es subvención de capital de hasta el 50 % de la inversión subvencionable. El crédito es de 600.000 €, cofinanciado por el FEDER 2021-2027.
¿Se reparte por orden de llegada o por puntos?
Por puntos: se comparan todas las solicitudes, con un máximo de 80 puntos. Digitalización puntúa hasta 10 y la innovación y ventajas competitivas hasta 45.
¿Qué gastos entran?
Obra civil, bienes de equipo, otros activos fijos materiales, activos inmateriales y estudios previos (subvencionables hasta el 50 % de su coste). Los vehículos solo si son nuevos, limpios y de reparto, carga o autoescuela.
¿Cuándo cobro?
Se elige entre un pago del 50 % a cuenta al acreditar la realización y pago del 50 % de la inversión, un anticipo del 100 % con garantía, o el 100 % tras justificar.
¿Hasta cuándo puedo pedirla?
20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOME (13/10/2026). La ficha de la fuente indica el fin el 10/11/2026.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, con otras ayudas para la misma finalidad si el otro régimen lo permite, hasta el límite del mapa de ayudas regionales (50 % medianas empresas, 60 % pequeñas). No es de minimis.
¿Cuánto dan?
Subvención de capital de hasta el 50 % de la inversión subvencionable.
¿Es a fondo perdido?
Sí. Es una subvención a fondo perdido: no hay que devolverla si se cumplen las condiciones.
¿Es por orden de llegada o por puntos?
Por puntos: al cerrar el plazo se valoran todas las solicitudes y se conceden a las de mayor puntuación hasta agotar el presupuesto.
¿Hasta cuándo se puede pedir?
Del 14/10/2026 al 10/11/2026.
¿Cuándo se cobra?
A elegir: 50 % a cuenta al acreditar el 50 % de la inversión, anticipo del 100 % con garantía, o 100 % tras justificar.
¿Dónde se pide?
En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».
Qué es
Convocatoria extraordinaria 2026 de la Ciudad Autónoma de Melilla (gestiona Proyecto Melilla) con subvenciones a fondo perdido para proyectos de inversión de pymes con actividad en Melilla: nueva empresa, ampliación o diversificación. Hasta el 50 % de la inversión subvencionable, con 600.000 € de crédito (FEDER 2021-2027). Plazo: 20 días hábiles desde el día siguiente al extracto en el BOME (13/10/2026); la ficha de la fuente lo sitúa hasta el 10/11/2026.
Todo el detalle de las bases
Qué financia
- Proyectos de inversión en Melilla: creación de nuevas empresas (nuevo establecimiento), ampliación de un establecimiento existente, diversificación hacia nuevos productos o actividad, o cambio esencial del proceso de producción.
- Esta convocatoria extraordinaria no subvenciona la generación de empleo ni la compra de bienes inmuebles.
Quién puede pedirla
- Pymes (Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014), con cualquier forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en Melilla. Valen también comunidades de bienes y agrupaciones sin personalidad jurídica que cumplan el art. 11 de la Ley 38/2003.
- En proyectos de ampliación o diversificación, estar de alta en el IAE al menos un año antes de la solicitud.
- Excluidas: sectores excluidos del Reglamento (UE) 651/2014 y del Reglamento (UE) 2021/1060, construcción y promoción inmobiliaria, empresas que obtengan el 75 % de sus ingresos de administraciones públicas, y empresas en crisis.
Requisitos
- Viabilidad técnica, económica y financiera, con estudio económico financiero (VAN y TIR).
- No iniciar la inversión antes de presentar la solicitud: se aporta declaración de no inicio, estado previo del establecimiento y fotografías. Si se empieza antes, la solicitud se considera desfavorable.
- Aportar al menos el 25 % de los costes subvencionables libre de ayuda pública (recursos propios o financiación externa).
- Respetar las normas climáticas y medioambientales de la UE y el principio de no causar un perjuicio significativo.
- Una sola solicitud por solicitante y convocatoria.
- Estar al corriente con la AEAT, la Ciudad Autónoma y la Seguridad Social; no estar incurso en las prohibiciones del art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Gastos que cubre
- Obra civil: urbanización y obras exteriores, oficinas, edificios de producción, comerciales o de almacenamiento y otras obras vinculadas al proyecto.
- Bienes de equipo: maquinaria, instalaciones eléctricas, térmicas y de agua, equipos de medida, control y seguridad, y elementos de protección medioambiental.
- Otros activos fijos materiales: transporte exterior e interior, utillaje, mobiliario, equipos informáticos.
- Estudios previos del proyecto (mercado, planificación, ingeniería, dirección facultativa): subvencionables hasta el 50 % de su coste, y solo si se acreditan entre los 2 meses anteriores a la solicitud y el fin de la ejecución.
- Activos inmateriales amortizables, adquiridos a terceros en condiciones de mercado y que se queden en el establecimiento.
- Activos de segunda mano, solo si se aprueban en la resolución, con certificado de tasador independiente, precio inferior al de nuevos y vida útil de al menos 3 años (pyme).
- Vehículos: solo nuevos, limpios y energéticamente eficientes, de reparto, carga y descarga o transporte de mercancías (furgonetas, carretillas, motos de reparto, camiones de distribución) y de autoescuela.
Gastos que no cubre
- Compra de bienes inmuebles y generación de empleo (trabajadores por cuenta ajena y propia).
- Impuestos recuperables, entre ellos el IPSI importación.
- Compras a entidades vinculadas (art. 18 Ley 27/2014).
- Materiales sin la mano de obra de instalación o montaje correspondiente, y viceversa.
- Pagos en efectivo y arrendamiento financiero.
- Lo excluido por el art. 2 de la Orden HFP/1414/2023.
Cuantía
- Subvención de capital de hasta el 50 % de la inversión subvencionable.
- Presupuesto de la convocatoria: 600.000 €. Ningún proyecto puede recibir más de la mitad del presupuesto establecido.
- El importe se calcula con la fórmula polinómica del Anexo I de las bases (sector, zona de la empresa, perfil del emprendedor).
- Si el crédito no alcanza, la ayuda puede prorratearse hasta un 80 % entre los beneficiarios.
- Cofinanciación FEDER 2021-2027 del 85 %.
- Pago a elegir: 1) 50 % a cuenta al acreditar la realización y pago del 50 % de la inversión, y el resto al justificar; 2) anticipo del 100 % con garantía por el total; 3) 100 % tras justificar.
Plazos
- Solicitud: 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOME (BOME nº 6422 de 13/10/2026). La ficha de la fuente indica inicio 14/10/2026 y fin 10/11/2026.
- Subsanación: 10 días hábiles.
- Resolución: máximo 6 meses desde el fin del plazo de solicitudes; sin respuesta se entiende desestimada.
- Ejecución: hasta 12 meses desde el día siguiente a la notificación de la concesión.
- Justificación: hasta 2 meses desde el fin del plazo de ejecución, en un solo acto.
- Mantenimiento de los bienes: 3 años desde la última factura o pago (5 años para bienes inscribibles en registro público).
Qué hay que presentar
- Solicitud en modelo oficial, solo por vía electrónica en la sede electrónica de Melilla (certificado electrónico obligatorio, también para autónomos).
- Documentos de constitución, estatutos, NIF y poderes; DNI del solicitante y de los socios.
- Alta en el IAE o certificado de situación censal.
- Contrato de arrendamiento (con fianza depositada) o nota simple.
- Presupuestos o facturas proforma de las inversiones.
- Memoria del proyecto con estudio económico financiero (VAN y TIR) y medidas de buen gobierno y compliance.
- Currículum y vida laboral de promotores y empleados; informe de cuenta de código de cotización de los 12 meses anteriores.
- Impuesto de Sociedades o IRPF de los 2 años anteriores.
- Certificado bancario de titularidad de la cuenta; acreditación de inscripción en el RETIR si procede.
- Certificados de estar al corriente con la AEAT, la Ciudad y la Seguridad Social.
- Declaraciones responsables: pyme, no doble financiación, otras ayudas, no prohibiciones, no perjuicio significativo, aportación del 25 %, no reintegros pendientes, cuentas justificativas y plan antifraude.
Cómo se valora
- Máximo 80 puntos.
- A) Digitalización: hasta 10 puntos.
- B) Ventajas competitivas por innovación, tecnología, calidad y medio ambiente: hasta 45 puntos (medio ambiente hasta 10; servicios culturales con nuevas tecnologías hasta 5; conectividad digital y modernización del comercio hasta 5; sistemas de calidad certificados hasta 5; servicios especializados en salud, educación, creatividad y deporte hasta 5; ocio y turismo hasta 5; empleados con experiencia hasta 3).
- C) Cualificación profesional y motivación empresarial: hasta 20 puntos (buen gobierno y compliance hasta 4).
- D) Zona prioritaria: hasta 5 puntos (zonas prioritarias 5, resto 2).
- E) Capacidad de generar actividad: empresa nueva 5 puntos; ampliación 2; nueva actividad 3.
- F) Plan de igualdad implantado: 5 puntos.
- Desempate: menos expedientes solicitados en años anteriores, después criterios A a F por orden, y por último orden de entrada.
Garantías
- Solo si se elige el anticipo del 100 %: garantía por el importe total de la subvención (art. 34.4 Ley 38/2003).
Obligaciones si te la dan
- Ejecutar al menos el 60 % de la inversión comprometida; por debajo es incumplimiento total y hay reintegro. Entre el 60 % y el 100 % se paga en proporción.
- Mantener los bienes en la empresa 3 años (5 si son inscribibles) y hacerlo constar en la escritura.
- Pagar por banco, desde una cuenta de la que sea titular; sin efectivo.
- Colocar la placa conmemorativa FEDER y rotular los vehículos con la bandera de la UE y la cofinanciación.
- Llevar contabilidad separada o código contable diferenciado del proyecto.
- Pedir 3 ofertas si compra a empresas vinculadas.
- Colaborar con controles de Proyecto Melilla, la Intervención y organismos nacionales y europeos (OLAF, Tribunal de Cuentas Europeo, Fiscalía Europea).
- Comunicar la pérdida de la condición de pyme durante el periodo de mantenimiento.
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con otras ayudas para la misma finalidad si el otro régimen lo permite, hasta el límite del mapa de ayudas regionales de Melilla 2022-2027 (50 % medianas empresas, 60 % pequeñas). Incompatible con otro régimen de ayudas para los mismos gastos. Acogida al Reglamento (UE) 651/2014 (ayuda SA.113964), no es de minimis.
A tener en cuenta
- El plazo está abierto a fecha 3/11/2026 (según la ficha, hasta el 10/11/2026). Conviene confirmar la fecha exacta contando 20 días hábiles desde el 14/10/2026.
- Las fechas de fin de plazo no figuran en los documentos: se calculan desde el extracto del BOME del 13/10/2026.
- El texto de las bases reguladoras (BOME 6167, 2024) se descargó como página web con mucho ruido; se resumió desde la convocatoria y el extracto.
- Los pagos a cuenta y el cobro dependen de que haya crédito adecuado y suficiente en la resolución.
Resumen hecho a partir de los documentos oficiales el 3 de noviembre de 2026. Compruébalo antes de presentar nada.
Documentos oficiales
- Documento de la convocatoria en español
- Bases reguladoras
- Extracto de la Orden de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento nº 2026002377 de fecha 05 de octubre de 2026, por el que se convocan de forma extraordinaria subvenciones dentro del régimen de ayudas a proyectos de inversión en la Ciudad de Melilla. Ayudas Inversión. Año 2026
Datos técnicos
- Título oficial
- CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DE AYUDAS A PROYECTOS DE INVERSION EN LA CIUDAD DE MELILLA – AYUDAS INVERSION -. AÑO 2026
- Fuente
- BDNS · 934137
- Modalidad
- Concurrencia competitiva - canónica
- Publicado
- 7 de octubre de 2026
- Plazo según la fuente
- el día siguiente a la publicación del extracto en el BOME / 20 días hábiles
- Fondos
- FEDER - FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL
- Instrumento
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- Materia
- Comercio, Turismo y Pymes
- Ámbito geográfico
- ES64 - CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA
- Sector según la fuente
- G · Comercio al por mayor y al por menor, H · Transporte y almacenamiento, I · Hostelería, J · Actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos, K · Telecomunicaciones, programación informática, consultoría, infraestructura informática y otros servicios de información, T · Otros servicios
- Historial
- Abierta (2 de noviembre de 2026)