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Subvenciones de Baleares para inversiones en explotaciones agrarias 2026 (línea B)

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA) · Illes Balears · Agricultura, ganadería, pesca y forestal

¿Puedo pedirla?Según las basesPersonas físicas o jurídicas, o agrupaciones de ellas, mayores de 18 años, titulares o cotitulares de una explotación agraria inscrita en el REA con datos actualizados en los últimos cinco años.; Con competencia y calificación profesional agraria adecuada.
¿Cuánto dan?Línea B: 2.300.000 euros (1.500.000 en 2027 y 800.000 en 2028). Convocatoria total: 12.245.784 euros (líneas A, B y C).Presupuesto total: 2.300.000 €
¿Hasta cuándo?20 de noviembre de 2026quedan 15 días
Tipo de ayudaSubvención a fondo perdido
Cómo se repartePor puntos: se comparan todas las solicitudes
Cuánto cubre25 % de la inversión auxiliable, con incrementos hasta un máximo del 40 % (50 % para jóvenes agricultores)
Cuándo se cobraAnticipo de hasta el 50 % de la ayuda, con garantía del 125 % del anticipo
PlazoHasta el 20 de noviembre de 2026

Preguntas frecuentes

¿Para qué solicitudes es la línea B?

Para solicitudes con una inversión inicial de como máximo 100.000 €. Tiene 2.300.000 € de crédito.

¿Quién puede pedirla?

Personas físicas o jurídicas, o agrupaciones, mayores de 18 años, titulares o cotitulares de una explotación inscrita en el REA con datos actualizados en los últimos cinco años.

¿Qué porcentaje cubre?

La ayuda base es el 25 % de la inversión auxiliable. Con incrementos de 5, 10 o 20 puntos llega a un máximo del 40 %, o del 50 % para jóvenes agricultores.

¿Se reparte por orden de llegada o por puntos?

Si el crédito no alcanza, se ordena por la puntuación del anexo 2, con un máximo de 402 puntos.

¿Puedo pedir un anticipo?

Sí, de hasta el 50 % de la ayuda con una garantía del 125 % del anticipo.

¿Cuánto tengo para ejecutar la inversión?

6 meses para maquinaria y 12 meses para el resto desde el día siguiente a la notificación de la concesión, y como tarde hasta el 3 de septiembre de 2029.

¿Hasta cuándo puedo solicitarla?

Hasta el 20 de noviembre de 2026.

¿Es compatible con otras ayudas?

No, es incompatible con otras ayudas públicas o privadas para las mismas actuaciones concretas.

¿Cuánto dan?

Inversión máxima auxiliable: 70.000 euros por UTA y 100.000 euros por beneficiario en la línea B. Tope de 1.500.000 euros en todo el periodo PEPAC 2023-2027 (2.000.000 para cooperativas o SAT de más de 12 UTA).

¿Es a fondo perdido?

Sí. Es una subvención a fondo perdido: no hay que devolverla si se cumplen las condiciones.

¿Es por orden de llegada o por puntos?

Por puntos: al cerrar el plazo se valoran todas las solicitudes y se conceden a las de mayor puntuación hasta agotar el presupuesto.

¿Hasta cuándo se puede pedir?

Del 30/09/2026 al 20/11/2026.

¿Cuándo se cobra?

Anticipo de hasta el 50 % de la ayuda, con garantía del 125 % del anticipo.

¿Dónde se pide?

En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».

Qué es

Subvención del FOGAIBA (Govern balear, cofinanciada con FEADER) para inversiones de modernización en explotaciones agrarias de las Illes Balears. Esta ficha es la Línea B, para solicitudes con inversión de como máximo 100.000 euros, con 2.300.000 euros. La ayuda base es el 25 % de la inversión auxiliable, con incrementos hasta un máximo del 40 % (50 % para jóvenes agricultores). Plazo: hasta el 20 de noviembre de 2026.

Todo el detalle de las bases

Qué financia

  • Construcción, adquisición (incluido arrendamiento financiero) o mejora de bienes inmuebles, excepto compra de terrenos.
  • Compra o arrendamiento con opción de compra de maquinaria y equipamiento nuevos.
  • Costes generales ligados a lo anterior (honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, estudios de viabilidad), con máximo del 10 % de la inversión subvencionable.
  • Programas informáticos, patentes, licencias, derechos de autor y marcas.
  • Requiere un plan de mejora que mejore el rendimiento y la sostenibilidad, la viabilidad y competitividad, o las tecnologías innovadoras y la gestión sostenible.

Quién puede pedirla

  • Personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de ellas, mayores de 18 años, titulares o cotitulares de una explotación agraria inscrita en el REA con datos actualizados en los últimos cinco años.
  • Con competencia y calificación profesional agraria adecuada.
  • Agrupaciones de agricultores sin explotación pueden pedir inversiones colectivas (maquinaria, compras en común), pero no infraestructuras de uso común.
  • Línea B: inversión solicitada inicialmente de como máximo 100.000 euros. Solo una solicitud por persona y línea (vale la última).

Requisitos

  • Puntuación mínima de 100,5 puntos (25 % de un máximo de 402) en los criterios del anexo 2.
  • Explotación con al menos 0,75 UTA en Mallorca, 0,75 en Menorca, 0,5 en Ibiza y 0,3 en Formentera, y viable económicamente.
  • Requisitos mantenidos al menos 6 meses desde el fin del plazo de solicitudes y hasta el pago.
  • Al corriente con Hacienda y Seguridad Social (declaración responsable si la ayuda es de 3.000 euros o menos).
  • No haber sido sancionado en los últimos tres años por prácticas laborales discriminatorias por sexo o género.
  • Para ayudas de más de 30.000 euros, las empresas con ánimo de lucro acreditan el cumplimiento de los plazos de pago (Ley 3/2004).
  • Inversión auxiliable mínima de 5.000 euros.
  • Renovables: producción para autoconsumo de la explotación, sin superar su consumo medio anual.

Gastos que cubre

  • Los de las inversiones indicadas arriba, efectivamente pagados. Periodo de elegibilidad desde el 1 de abril de 2025 (honorarios y reservas a cuenta de maquinaria desde el 1 de enero de 2025). Solo operaciones no ejecutadas por completo antes de la visita de inspección previa.

Gastos que no cubre

  • Reposición o simple sustitución de equipos, salvo tecnología o rendimiento distintos.
  • Maquinaria o equipos de segunda mano.
  • Derechos de producción, animales y plantas anuales (con excepciones).
  • Intereses de deuda, recargos y sanciones, gastos de procedimientos judiciales.
  • IVA recuperable y compra de terrenos.
  • Plantación y reconversión de viña salvo nuevos derechos de plantación.

Cuantía

  • Línea B: 2.300.000 euros (1.500.000 en 2027 y 800.000 en 2028). Convocatoria total: 12.245.784 euros (líneas A, B y C).
  • Inversión máxima auxiliable: 70.000 euros por UTA y 100.000 euros por beneficiario en la línea B. Tope de 1.500.000 euros en todo el periodo PEPAC 2023-2027 (2.000.000 para cooperativas o SAT de más de 12 UTA).
  • Ayuda base: 25 % del coste auxiliable.
  • Incrementos de 5 puntos (Menorca, zona de montaña, producción integrada, Natura 2000, circuitos cortos), de 10 puntos (Ibiza o Formentera, mujer titular, joven con ayuda de instalación, ecológico, ahorro de agua, inversiones colectivas, EIP, medioambiente, regadío) y de 20 puntos (agricultor profesional o explotación prioritaria).
  • Ayuda combinada máxima: 40 % de la inversión (50 % para jóvenes agricultores en las convocatorias indicadas).
  • Anticipo de hasta el 50 % de la ayuda con garantía del 125 % del anticipo.

Plazos

  • Solicitud: desde el día siguiente a la publicación en el BOIB (29/9/2026) hasta el 20 de noviembre de 2026.
  • Resolución: máximo 6 meses desde el fin del plazo de solicitudes, notificada en el BOIB.
  • Ejecución y justificación: 6 meses para maquinaria y 12 meses para el resto, desde el día siguiente a la notificación de la concesión (maquinaria con otras inversiones: 12 meses). Como tarde, el 3 de septiembre de 2029.
  • Subsanación de defectos: 10 días.

Qué hay que presentar

  • Solicitud según el modelo de la web del FOGAIBA (por vía telemática si hay obligación de relacionarse electrónicamente).
  • NIF, estatutos y representación en personas jurídicas.
  • Plan de mejora con el modelo del FOGAIBA.
  • Tres presupuestos o facturas proforma (uno solo para gastos de menos de 5.000 euros).
  • Título o cursos agrarios, vida laboral, IRPF o impuesto de sociedades (salvo autorización de consulta al FOGAIBA).
  • Planos o croquis y licencia urbanística o solicitud de licencia.
  • Documento de titularidad de las instalaciones.
  • Certificación de plazos de pago si la ayuda supera 30.000 euros.
  • Documentación de las condiciones de incremento de la ayuda y de los criterios de puntuación.

Cómo se valora

  • Concurrencia competitiva por línea si el crédito no alcanza; se ordena por puntuación del anexo 2.
  • Ejemplos de puntos: agricultor profesional 80, explotación prioritaria 92, Ibiza y Formentera 10, Menorca 5, zona de montaña 3.
  • Puntuación máxima: 402 puntos (292 en la línea C).

Obligaciones si te la dan

  • Realizar y justificar las inversiones (obligación cumplida con el 50 % de la inversión aprobada si se cumplen las condiciones mínimas).
  • Mantener ubicación, propiedad y uso de las inversiones 5 años desde el pago final (3 años en mantenimiento de inversiones o empleos de pymes).
  • Inscribir en escritura el destino y la subvención en bienes inscribibles, durante 5 años.
  • Someterse a los controles de la normativa de la UE.

Compatibilidad con otras ayudas

Incompatible con otras ayudas, de cualquier administración o entidad pública o privada, para las mismas actuaciones concretas.

A tener en cuenta

  • El plazo sigue abierto (hoy es 3/11/2026) y termina el 20/11/2026: quedan 17 días.
  • La eficacia de la convocatoria queda condicionada a que el Comité Regional de Seguimiento apruebe los criterios de selección.
  • Cofinanciación: 30,70 % FEADER, 6,14 % Ministerio de Agricultura y 63,16 % CAIB.
  • La lista completa de criterios del anexo 2 y los anexos de definiciones y regadío no se han volcado entera. Los PDF no tienen texto extraíble: el resumen sale del texto de la convocatoria en el BOIB (html).

Resumen hecho a partir de los documentos oficiales el 3 de noviembre de 2026. Compruébalo antes de presentar nada.

Datos técnicos
Título oficial
Subvenciones para inversiones en explotaciones agrarias 2026. LÍNEA B
Fuente
BDNS · 930990
Modalidad
Concurrencia competitiva - canónica
Publicado
22 de septiembre de 2026
Plazo según la fuente
-
Fondos
FEADER - FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE DESARROLLO RURAL
Instrumento
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Materia
Agricultura, Pesca y Alimentación
Ámbito geográfico
ES53 - ILLES BALEARS
Sector según la fuente
01 · Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
Historial
Abierta (2 de noviembre de 2026)