Convocatoria anticipada 2027 y 2028 de formación para personas desempleadas y ocupadas en Asturias
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedirla?
Centros y entidades de formación públicas o privadas, acreditadas e inscritas en el registro y con instalaciones acreditadas en Asturias. No es una ayuda para empresas en general.
¿Qué se financia?
Programas de formación que llevan a certificados profesionales (grados B y C) en especialidades prioritarias, en dos líneas: personas desempleadas y personas ocupadas.
¿Cuánto dinero hay?
19.050.000 € en total para 2027 y 2028: 14.400.000 € para desempleados y 4.650.000 € para ocupados.
¿Cuánto puede recibir una entidad?
Hasta 600.000 € por programa en la línea de desempleados y 450.000 € en la de ocupados. Una entidad de nueva creación tiene un tope de 250.000 € (desempleados) o 175.000 € (ocupados) por programa.
¿Es por orden de llegada o por puntos?
Por puntos, sobre un máximo de 100. Pesan más la ejecución económica (30 puntos) y la adecuación a especialidades prioritarias (15).
¿Cuándo cobro?
Se puede recibir hasta el 25 % antes de iniciar y hasta un 35 % adicional al acreditar el inicio, o un único anticipo del 60 % al acreditar el inicio. El resto llega tras justificar.
¿Hasta cuándo puedo solicitarla?
Del 15 de enero de 2027 hasta las 23:59 del 5 de febrero de 2027, por la sede electrónica.
¿Es compatible con otras ayudas?
No: es incompatible con otra ayuda para la misma finalidad y se reduce en la cantidad ya percibida.
¿Cuánto dan?
Máximo por programa: 600.000 € (Línea 1) y 450.000 € (Línea 2).
¿Es a fondo perdido?
Sí. Es una subvención a fondo perdido: no hay que devolverla si se cumplen las condiciones.
¿Hasta cuándo se puede pedir?
Del 15/01/2027 hasta las 23:59 del 05/02/2027.
¿Cuándo se cobra?
Anticipo de hasta el 25 % antes de iniciar y hasta un 35 % adicional al acreditar el inicio, o un único 60 %; el resto tras justificar.
¿Dónde se pide?
En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».
Qué es
Subvención del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (SEPEPA) para que centros y entidades de formación impartan cursos que llevan a certificados profesionales (grados B y C). Hay dos líneas: personas desempleadas (14.400.000 €) y personas ocupadas (4.650.000 €), 19.050.000 € en total para 2027-2028. Solo para entidades de formación acreditadas con instalaciones en Asturias. Solicitud del 15 de enero de 2027 hasta las 23:59 del 5 de febrero de 2027.
Todo el detalle de las bases
Qué financia
- Programas de formación con acciones conducentes a certificados profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones, de las especialidades prioritarias del Anexo II.
- Línea 1: programas prioritarios para personas trabajadoras desempleadas. Línea 2: programas prioritarios para personas trabajadoras ocupadas.
- Acciones subvencionables: certificados profesionales completos (con formación en empresa, impartidos de forma modular), uno o varios Grados B, el módulo de formación en empresa (80 horas) y la formación complementaria.
- Modalidad presencial, virtual o semipresencial. Línea 1: al menos el 80 % de las acciones en modalidad presencial. Línea 2: al menos el 25 %.
Quién puede pedirla
- Centros y entidades de formación públicas o privadas, acreditadas e inscritas en el Registro de Entidades de Formación para las acciones solicitadas.
- Deben tener en Asturias instalaciones acreditadas que permitan impartir las acciones pedidas.
- Quedan fuera los centros de la red pública del RD 694/2017 (disposición adicional segunda).
- Solo en la Línea 2 pueden concurrir agrupaciones del art. 11.3 de la Ley 38/2003. Cada miembro debe ejecutar al menos el 10 % del compromiso aprobado.
Requisitos
- Estar acreditada e inscrita en el registro para las acciones solicitadas en el momento de la solicitud.
- Centros accesibles según el RDL 1/2013.
- Cada aula acreditada tiene un máximo anual de 1.500 horas de formación.
- El 60 % del equipo docente y la dirección académica deben cumplir los requisitos académicos del art. 168 del RD 659/2023.
- No estar en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 ni excluida por infracciones del RDL 5/2000 (declaración responsable).
- Para subvenciones de más de 30.000 €, las entidades con ánimo de lucro deben acreditar el cumplimiento de los plazos de pago a proveedores (art. 13.3 bis de la Ley 38/2003).
- Estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y el Principado antes de la propuesta de resolución y del pago.
Gastos que cubre
- Los del art. 14 de la Orden EFP/942/2022 y el apartado vigesimoquinto de la convocatoria.
- Personal especializado en atención a participantes con discapacidad o colectivos vulnerables, adaptación de medios didácticos, y personal de apoyo técnico al aprendizaje (y dinamización en teleformación).
- Evaluación de la calidad de la formación: hasta un máximo del 5 % de la subvención concedida.
Cuantía
- Crédito total: 19.050.000 €. Línea 1: 14.400.000 € (8.640.000 € en 2027 y 5.760.000 € en 2028). Línea 2: 4.650.000 € (2.790.000 € en 2027 y 1.860.000 € en 2028). Cuantía estimativa.
- Financiación al 100 % con fondos de la Conferencia Sectorial de Formación Profesional para las Personas Trabajadoras.
- Importe por acción: horas x participantes x módulo económico (coste por participante y hora, según la Resolución de 18/7/2025, BOPA 144 de 28/7/2025, o el vigente).
- Máximo por programa: 600.000 € (Línea 1) y 450.000 € (Línea 2).
- La suma de solicitudes de una entidad no puede superar su mayor volumen anual de facturación y gestión de formación de los 3 últimos ejercicios. Entidades de nueva creación: 250.000 € por programa en Línea 1 y 175.000 € en Línea 2.
- Anticipos: hasta el 25 % antes de iniciar, hasta un 35 % adicional al acreditar el inicio, o un único anticipo del 60 % al acreditar el inicio. El resto, tras justificar.
Plazos
- Solicitud: desde el 15/01/2027 hasta las 23:59 del 05/02/2027, por la aplicación informática de la sede electrónica.
- Resolución: 4 meses desde la publicación del extracto. Sin resolución expresa, se entiende desestimada.
- Ejecución: desde el día siguiente a la publicación de la concesión hasta las 23:59 del 30/11/2028 (prórroga posible en casos excepcionales).
- Certificación de cada grupo finalizado: en un plazo no superior a 2 meses desde que acaba el programa.
Qué hay que presentar
- Solicitud con el programa de formación por la aplicación informática (una solicitud por entidad y línea).
- Declaración responsable de no estar en prohibiciones y de requisitos.
- Justificación: memoria de actuación con el informe de trabajadores en alta (ITA), vida laboral de la empresa y pólizas de seguro del alumnado, entre otros.
Cómo se valora
- Total 100 puntos (Anexo I).
- Ejecución económica: 30 (L1 y L2). Ejecución de acciones: 10. Satisfacción: 10.
- Inserción laboral: 5 (solo L1). Abandono: 5 (L1) o 5 (L2).
- Igualdad: 3. Discapacidad: 2.
- Peso específico por familia: 10 (L1) y 15 (L2). Adecuación a especialidades prioritarias: 15.
- Fomento de especialidades prioritarias no programadas: 10 (2 puntos por especialidad distinta).
Obligaciones si te la dan
- Reservar el 10 % de las plazas de cada acción a personas con discapacidad (grado igual o superior al 33 %).
- Respetar los grupos de prioridad del alumnado del Anexo IV. El SEPEPA puede seleccionar hasta el 50 % del alumnado en la Línea 1.
- Suscribir póliza de seguro para el alumnado (incluida la formación en empresa).
- Entregar al alumnado la documentación y evaluar con objetividad.
- Medidas de publicidad. Prohibido usar reclamos publicitarios engañosos.
- Comunicar al SEPEPA cualquier otra ayuda para la misma finalidad antes de justificar.
Compatibilidad con otras ayudas
Incompatible con cualquier otra ayuda para la misma finalidad: se reduce en la cantidad ya percibida. Hay que comunicar al SEPEPA cualquier concurrencia de ayudas antes de la justificación.
A tener en cuenta
- Concurrencia competitiva: se valoran y ordenan los programas por puntos.
- Convocatoria con tramitación anticipada de gasto: el gasto queda condicionado a que haya crédito adecuado en 2027 y 2028.
- No es una ayuda para empresas en general: solo para entidades de formación acreditadas.
- Las bases reguladoras (Orden EFP/942/2022) bajadas como HTML no se leyeron en detalle: se usó el texto de la convocatoria, que las desarrolla.
- No se leyó línea por línea el Anexo II de especialidades prioritarias.
Resumen hecho a partir de los documentos oficiales el 3 de noviembre de 2026. Compruébalo antes de presentar nada.
Documentos oficiales
- Texto en castellano de la convocatoria
- Publicación BOPA Resolución
- Anexo II- Especialidades conducentes líneas 1 y 2 ( prioritarias)
- Bases reguladoras
- Extracto de la Resolución de 9 de septiembre de 2026 del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se convocan subvenciones públicas para 2027-2028, por el procedimiento de tramitación anticipada de gasto, con destino a programas de formación conducentes a la obtención de certificados profesionales (grados B y C) para personas trabajadoras desempleadas y ocupadas
Datos técnicos
- Título oficial
- CONVOCATORIA 2027-2028 ANTICIPADA DE GASTO PROGRAMAS DE FORMACIÓN CONDUCENTES DESEMPLEADOS Y OCUPADOS
- Fuente
- BDNS · 928853
- Modalidad
- Concurrencia competitiva - canónica
- Publicado
- 10 de septiembre de 2026
- Plazo según la fuente
- Desde el 15 de enero de 2027. / Hasta las 23:59 del 5 de febrero de 2027
- Instrumento
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- Materia
- Desempleo
- Ámbito geográfico
- ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS
- Sector según la fuente
- 85.5 · Otra educación
- Historial
- Próximamente (2 de noviembre de 2026)