Ayudas a inversiones en explotaciones agrarias con objetivo medioambiental en Navarra (2026)
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedirla?
Personas físicas (mayores de edad) o jurídicas titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN). Los jóvenes y nuevos agricultores que piden la ayuda al establecimiento en 2026 quedan exentos de la inscripción.
¿Qué inversiones entran?
Las del Anexo IV Módulos que contribuyan a mitigar el cambio climático, usar mejor agua, suelo y aire, ahorrar energía, mejorar el bienestar animal o la bioseguridad. Las renovables solo valen para autoconsumo de la explotación.
¿Cuánto me dan?
Hasta el 50 % de la inversión (20 % base, más 15 % jóvenes y nuevos agricultores, 10 % explotaciones prioritarias y 5 % zonas con limitaciones). El máximo es de 300.000 € por beneficiario y la inversión mínima, 7.500 €.
¿Es por orden de llegada o por puntos?
Por puntos, según el perfil del solicitante, la explotación y el beneficio ambiental del plan de inversiones.
¿Cuánto dinero hay?
1.750.000 €, ampliables hasta 2.000.000 €.
¿Hasta cuándo puedo solicitarla?
Hasta el 30 de noviembre de 2026. La resolución se dicta en 6 meses desde el fin del plazo.
¿Qué gastos quedan fuera?
El IVA, los equipos de segunda mano, la mano de obra propia y las inversiones iniciadas antes del 1 de enero de 2023. Tampoco entran las hechas fuera de Navarra, salvo parcelas limítrofes de una misma finca.
¿Es compatible con otras ayudas?
No se puede optar a otras ayudas para el mismo objeto y finalidad.
¿Cuánto dan?
Subvención directa de capital: máximo 50 % de la inversión auxiliable.
¿Es a fondo perdido?
Sí. Es una subvención a fondo perdido: no hay que devolverla si se cumplen las condiciones.
¿Hasta cuándo se puede pedir?
Hasta el 30/11/2026.
¿Cuándo se cobra?
Tras certificar la finalización del plan de inversiones y verificar los justificantes de pago.
¿Dónde se pide?
En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».
Qué es
Ayuda del Gobierno de Navarra (PEPAC 2023-2027, cofinanciada 40 % FEADER) para inversiones de titulares de explotaciones agrarias que mitiguen el cambio climático, usen mejor los recursos o mejoren el bienestar animal. Subvención de capital de hasta el 50 % de la inversión, con inversión mínima de 7.500 €. Presupuesto: 1.750.000 € (ampliable hasta 2.000.000 €). Plazo: hasta el 30 de noviembre de 2026.
Todo el detalle de las bases
Qué financia
- Inversiones del Anexo IV Módulos (y otras claramente relacionadas) que contribuyan a: mitigación o adaptación al cambio climático; gestión eficiente de agua, suelo y aire; eficiencia energética y energías verdes; bienestar animal; bioseguridad en explotaciones.
- Ejemplos del baremo: cubrición de balsas y estercoleros, separación sólido-líquido de purín, compostadoras, paso de riego a manta a riego a presión, energía solar fotovoltaica, minieólica, biomasa, aerotermia, aislamientos en naves, collares de monitoreo remoto, vados sanitarios y arcos de desinfección.
- Energías renovables solo para autoconsumo de la explotación.
Quién puede pedirla
- Personas físicas o jurídicas, mayores de edad si son personas físicas, titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN) al solicitar.
- Excepción de la inscripción en REAN: quienes piden ayuda al establecimiento de jóvenes agricultores o nuevos agricultores en 2026 (o la tienen concedida en 2024, 2025 o 2026) y sociedades formadas solo por ellos.
Requisitos
- Al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; sin las circunstancias de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005.
- Explotación técnica y económicamente viable: renta unitaria superior al 35 % de la renta de referencia al acabar el plan de inversiones.
- Autorización ambiental (o consulta al Ayuntamiento o Medio Ambiente finalizada) en 3 meses desde el fin del plazo de solicitud.
- Plan de inversiones junto a la solicitud.
Gastos que cubre
- Inversiones recogidas en el Anexo IV Módulos con los objetivos citados.
- Honorarios vinculados a la inversión: límite del 12 % del importe total de las inversiones auxiliables.
Gastos que no cubre
- Inversiones fuera de Navarra (salvo parcelas limítrofes de una misma finca de cultivo).
- Inversiones ejecutadas por completo antes de la solicitud o iniciadas antes del 1 de enero de 2023.
- Equipos de segunda mano.
- Inversiones que sustituyan a otras ayudadas en los últimos 10 años o con menos de 10 años.
- IVA y otros impuestos, y beneficio industrial.
- Leasing o reserva de dominio salvo que el bien sea de plena propiedad antes de acabar la justificación.
- Mano de obra propia.
- Transmisiones entre cónyuges o familiares de primer grado.
- Inversiones con efectos negativos sobre el medio ambiente.
Cuantía
- Subvención directa de capital: máximo 50 % de la inversión auxiliable.
- Porcentaje base 20 % más: jóvenes y nuevos agricultores 15 %, explotaciones prioritarias 10 %, zonas con limitaciones naturales o específicas 5 %.
- Inversión máxima auxiliable: 100.000 € por UTA, con tope de 800.000 € en total.
- Inversión mínima subvencionable: 7.500 €.
- Ayuda máxima por beneficiario: 300.000 € para el total de convocatorias anuales de inversiones y 800.000 € por programa.
- Presupuesto: 1.750.000 € con cargo a 2028, ampliable hasta 2.000.000 €.
Plazos
- Solicitud: desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BON hasta el 30 de noviembre de 2026.
- Resolución: 6 meses desde el fin del plazo de solicitudes; sin resolución, desestimada por silencio.
- Compromisos de mantenimiento: 5 años (3 años en PYMEs) desde la resolución que aprueba el último pago.
- Declaración de transparencia: 1 mes desde la notificación de la concesión.
- Aclaraciones a requerimiento: 10 días hábiles.
Qué hay que presentar
- Solicitud por el programa de captura del Catálogo de trámites de www.navarra.es, con firma electrónica propia o de entidad colaboradora.
- Plan de inversiones (situación de partida y final, análisis de inversiones, duración).
- Documentación del Anexo III (listado en el catálogo de trámites; no legible).
- Para moderación de costes: tres ofertas comparables de proveedores independientes, o factura proforma o presupuesto si no encaja.
- Riego: autorización del Sindicato de Riegos, Comunidad de Regantes o Confederación Hidrográfica, contador y memoria de ahorro de agua (10 % a 50 % según el caso).
- Indicar en la solicitud los criterios de valoración que se piden.
Cómo se valora
- Tipología de beneficiarias (máx. 37): relevo generacional hasta 20 (joven profesional 20, a tiempo parcial 16, nuevo agricultor 12), mujer 15, discapacidad ≥ 33 % 2.
- Tipología de explotaciones (máx. 43): explotación prioritaria 28 (persona física ATP 25, agricultor profesional 20), ubicación: alta montaña 15, montaña 10, otras limitaciones 5.
- Plan de inversiones con beneficio ambiental (máx. 20): gestión de purines 15, modernización de regadíos 20, energías renovables y eficiencia energética 15, bienestar animal 15, bioseguridad 15, ponderado por el peso de esa inversión en la inversión auxiliable total.
- Desempate: mayor puntuación en inversiones y luego otros criterios.
Obligaciones si te la dan
- Mantener durante 5 años (3 en PYMEs) la titularidad de la explotación, la propiedad de las inversiones y sus objetivos y condiciones.
- Placa explicativa con emblema europeo si la ayuda pública total de la inversión supera 50.000 €.
- Relación con la administración solo por medios electrónicos.
- No incurrir en deslocalización empresarial (Ley Foral 18/2020).
- Reintegro de fondos en los supuestos de las bases.
- Inscribir los bienes en los registros oficiales de Navarra cuando proceda.
Compatibilidad con otras ayudas
No se puede optar a otras ayudas para el mismo objeto y finalidad, y los bienes ya subvencionados en otras convocatorias no son elegibles.
A tener en cuenta
- Plazo vigente: la solicitud cierra el 30 de noviembre de 2026 (quedan 27 días desde hoy, 03/11/2026).
- Parte del texto del PDF salió ilegible por la codificación de fuentes (base 10 y 18 en parte, Anexo III de documentos, Anexo IV Módulos y plazos de ejecución y pago). Revisar esos puntos en el BON.
- El HTML de bases descargado es la portada del BON y no tiene contenido útil. Las bases reguladoras están en el Anexo I del propio PDF de la resolución.
- Resolución 312E/2026, de 8 de septiembre, del Director General de Desarrollo Rural. Pago de la ayuda tras certificar la finalización del plan de inversiones y verificar los justificantes de pago.
Resumen hecho a partir de los documentos oficiales el 3 de noviembre de 2026. Compruébalo antes de presentar nada.
Documentos oficiales
Datos técnicos
- Título oficial
- Bases reguladoras y convocatoria para 2026 de la ayuda a inversiones en explotaciones agrarias (Objetivo Medioambiental) PEPAC 2023-2027
- Fuente
- BDNS · 928382
- Modalidad
- Concurrencia competitiva - canónica
- Publicado
- 9 de septiembre de 2026
- Plazo según la fuente
- A partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra / El 30 de noviembre de 2026
- Fondos
- FEADER - FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE DESARROLLO RURAL
- Instrumento
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- Materia
- Agricultura, Pesca y Alimentación
- Ámbito geográfico
- ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
- Sector según la fuente
- A · Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca
- Historial
- Abierta o a punto (plazo en las bases) (2 de noviembre de 2026), luego Abierta (3 de noviembre de 2026)