Ayudas para reindustrializar y mantener empresas industriales en dificultad en Cataluña (2027)
Preguntas frecuentes
¿Qué cubre esta ayuda de Cataluña?
Proyectos de reindustrialización y de mantenimiento de la actividad industrial en situación de dificultad en Cataluña. El detalle de actuaciones y gastos está en la Orden EMT/54/2024.
¿Cuándo puedo solicitarla?
Desde las 9:00 h del 7/10/2026 hasta las 14:00 h del 7/10/2027, solo por vía telemática.
¿Es por orden de llegada o por puntos?
Se concede en concurrencia no competitiva, por orden de solicitud.
¿Cuánto dinero hay?
5.000.000 € previstos para 2027, ampliables hasta un 60 %. La concesión depende de que haya crédito adecuado y suficiente en 2027.
¿Qué porcentaje me dan?
Acogida al Reglamento (UE) 651/2014, un máximo del 15 % de los gastos subvencionables para gran empresa y del 10 % para mediana. Por minimis el límite es de 300.000 € por empresa en tres años.
¿Cuánto tarda la resolución?
Como máximo 6 meses desde la presentación; sin resolución expresa, se entiende desestimada.
¿Cuándo debo ejecutar y justificar el proyecto?
Se ejecuta desde 3 meses antes de la solicitud hasta 24 meses después como máximo, y se justifica en 3 meses tras acabar. Con el Reglamento 651/2014 el proyecto no puede haber empezado antes de la solicitud.
¿Quién puede pedirla?
Los requisitos para ser beneficiario están en la base 6 de la Orden EMT/54/2024 (no disponible). La convocatoria menciona grandes empresas y medianas al fijar límites de intensidad.
¿Cuánto dan?
Si se acoge al Reglamento (UE) 651/2014: máximo 15 % de los gastos subvencionables para gran empresa (art. 14) y 10 % para empresa mediana (art. 17).
¿Es a fondo perdido?
Sí. Es una subvención a fondo perdido: no hay que devolverla si se cumplen las condiciones.
¿Hasta cuándo se puede pedir?
Del 07/10/2026 a las 9 h al 07/10/2027 a las 14 h (convocatoria anticipada 2027).
¿Cuándo se cobra?
Con pago anticipado.
¿Es compatible con otras ayudas?
La ayuda no puede superar el coste de la actividad sola o sumada a otras ayudas. Puede acogerse al Reglamento (UE) 651/2014 o a minimis (Reglamento UE 2023/2831, 300.000 € en tres años).
¿Dónde se pide?
En la sede oficial del organismo convocante. El enlace está en esta ficha: «Ver la convocatoria oficial».
Qué es
Ayudas de la Generalitat de Cataluña (Departamento de Empresa y Trabajo) para la reindustrialización y el mantenimiento de la actividad industrial en situación de dificultad en Cataluña. Convocatoria anticipada para 2027 con 5.000.000 € previstos, ampliables hasta un 60 %. Las solicitudes se presentan por vía telemática desde las 9:00 h del 7/10/2026 hasta las 14:00 h del 7/10/2027. El detalle de beneficiarios, gastos e importes está en las bases (Orden EMT/54/2024), que no se pudieron leer.
Todo el detalle de las bases
Qué financia
- Proyectos de reindustrialización y mantenimiento de actividad industrial en situación de dificultad en Cataluña, en el ámbito de la política industrial.
- Las actuaciones subvencionables concretas las define la base 1 de la Orden EMT/54/2024 (no disponible en los documentos).
Quién puede pedirla
- Los requisitos para ser beneficiario están en la base 6 de la Orden EMT/54/2024 (no disponible). La convocatoria menciona grandes empresas y medianas al fijar límites de intensidad.
Gastos que cubre
- Los define la base 9 de la Orden EMT/54/2024 (no disponible), conforme al artículo 31 de la Ley 38/2003.
Cuantía
- Cuantía máxima prevista: 5.000.000,00 € (aplicación IU1501 D/770000100/6220 de la Dirección General de Industria, año 2027), ampliable hasta el 60 % (art. 92.4.b del Decreto legislativo 3/2002), si hay crédito efectivo antes de la resolución.
- El importe de cada ayuda es el de la base 8 de la Orden EMT/54/2024 (no disponible). En ningún caso puede superar el coste de la actividad.
- Si se acoge al Reglamento (UE) 651/2014: máximo 15 % de los gastos subvencionables para gran empresa (art. 14) y 10 % para empresa mediana (art. 17).
- Si se acoge a minimis (Reglamento UE 2023/2831): máximo 300.000 € por empresa en tres años.
Plazos
- Solicitud: desde las 9:00 h del 7/10/2026 hasta las 14:00 h del 7/10/2027, por vía telemática.
- Resolución: máximo 6 meses desde la presentación de la solicitud. Sin resolución expresa, se entiende desestimada.
- Ejecución: desde 3 meses antes de la solicitud hasta 24 meses después de presentarla como máximo. Con el Reglamento 651/2014 el proyecto no puede haber empezado antes de la solicitud.
- Ampliación del plazo de ejecución: a petición motivada, antes de que acabe, sin superar la mitad del plazo inicial.
- Justificación: máximo 3 meses tras acabar la ejecución.
Qué hay que presentar
- Solicitud con los modelos de la sede electrónica de la Generalitat.
- El resto de documentos los fija la base 12 de la Orden EMT/54/2024 (no disponible).
- Justificación: cuenta justificativa sin justificantes de gasto, con informe de auditor (art. 6 de la Orden ECO/172/2015).
Obligaciones si te la dan
- Devolución voluntaria: pedir la renuncia al órgano competente antes de que acabe el periodo de ejecución. Se cobran intereses de demora desde la fecha del pago.
- Pago según la base 25 de la Orden EMT/54/2024 (no disponible).
Compatibilidad con otras ayudas
La ayuda no puede superar el coste de la actividad sola o sumada a otras ayudas. Puede acogerse al Reglamento (UE) 651/2014 o a minimis (Reglamento UE 2023/2831, 300.000 € en tres años).
A tener en cuenta
- Plazo vigente: el plazo de solicitud no ha vencido (cierra el 7/10/2027 a las 14:00 h).
- Los documentos no bastan: la convocatoria remite casi todo (beneficiarios, actuaciones, gastos, importe, documentación) a las bases de la Orden EMT/54/2024, y las páginas de las bases descargadas del DOGC no tienen contenido. Habría que leer esa orden.
- Convocatoria anticipada: la concesión depende de que haya crédito adecuado y suficiente en 2027 (condición suspensiva). El importe es estimativo.
- El texto descargado es un borrador con campos sin rellenar (número de resolución, fecha, código BDNS). El campo de plazo de la fuente (31/12/2022) es erróneo: valen las fechas de la convocatoria.
- Concesión excepcionalmente en concurrencia no competitiva (por orden de solicitud, según el texto). Solo presentación telemática.
- Se puede reformular la solicitud (base 16.4).
Resumen hecho a partir de los documentos oficiales el 3 de noviembre de 2026. Compruébalo antes de presentar nada.
Documentos oficiales
Datos técnicos
- Título oficial
- Subvenciones de apoyo a proyectos de reindustrialización y mantenimiento de la actividad industrial (anticipada)
- Fuente
- BDNS · 928059
- Modalidad
- Concurrencia competitiva - canónica
- Publicado
- 7 de septiembre de 2026
- Plazo según la fuente
- 31 de diciembre de 2022
- Instrumento
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- Materia
- Industria y Energía
- Ámbito geográfico
- ES51 - CATALUÑA
- Sector según la fuente
- 10 · Industria alimentaria, 11 · Fabricación de bebidas, 12 · Industria del tabaco, 13 · Industria textil, 14 · Confección de prendas de vestir, 15 · Industria del cuero y productos relacionados de otros materiales, 16 · Industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería, 17 · Industria del papel, 18 · Artes gráficas y reproducción de soportes grabados, 19 · Coquerías y refino de petróleo, 20 · Industria química, 21 · Fabricación de productos farmacéuticos, 22 · Fabricación de productos de caucho y plásticos, 23 · Fabricación de otros productos minerales no metálicos, 24 · Metalurgia, 25 · Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo, 26 · Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos, 27 · Fabricación de material y equipo eléctrico, 28 · Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p., 29 · Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques, 30 · Fabricación de otro material de transporte, 31 · Fabricación de muebles, 33.1 · Reparación y mantenimiento de productos metálicos, maquinaria y equipos, 33.2 · Instalación de máquinas y equipos industriales, 35 · Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado, 36 · Captación, depuración y distribución de agua, 37 · Recogida y tratamiento de aguas residuales, 38.3 · Eliminación de residuos sin valorización, 39 · Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos, 46.5 · Comercio al por mayor de equipos para las tecnologías de la información y las comunicaciones
- Historial
- Abierta (2 de noviembre de 2026)